REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.


De conformidad con el articulo 482 del código orgánico Procesal penal norma supletoria de la Ley Orgánica para la protección del niño y del Adolescente según a lo pautado en al Articulo 537 de la Ley Especial. Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del circuito judicial Penal del Estado Apure, acuerda practicar nuevo computo de Ejecución de la Sanción, instruida contra el Sancionado Iuris Adolescente Iuris Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, mediante la cual se le sustituyo la Sanción LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DIEZ (10) MESES y DIEZ (10) DÍAS, prevista en los artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente. Quién a partir de la presente fecha deberá presentarse ante la unidad de Formación Integral, a cargo de la Prof. Yhajaira Maldonado, quién es la persona encargada de vigilar y supervisar el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida

DIAS CUMPLIDOS DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD: DEL 25 de Febrero de 2007 hasta el día 12 de Marzo de 2008: Un (01) año Dieciséis (16) días.
Desde el 03 de Diciembre de 2.009 hasta el día de hoy, 07 de Julio de 2.010: Siete (07) Meses y Cuatro (04) Días.
TOTAL CUMPLIDO: UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y VEINTE (20) DÍAS.
TIEMPO POR CUMPLIR: DIEZ (10) MESES Y DIEZ (10) DÍAS.

FECHA EN QUE CUMPLE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA: EL DÍA 17 DE MAYO DE 2011.

EN SAN FERNANDO DE APURE, SIETE (07) DIAS DEL MES DE JULIO DE 2010.

La Jueza,


DRA. ZULEIMA DEL CARMEN ZARATE LAPREA