REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 22 de Julio de 2010
Años 200° y 151°
Recibido el oficio sin numero, emanado de la Comandancia General de la Policía División de Reten de esta ciudad, fechado 16 de Julio de 2010 y recibido en este Tribunal en fecha 20 de Julio de 2010, donde solicitan el traslado del ciudadano JOSE JOEL TORRES TORRES, por motivo de mala conducta, ciudadano éste a quien se le sigue la causa 2M-444-09, a los fines de decidir este Tribunal observó:
Que del contenido del oficio suscrito por el COMANDANTE GENERAL DE LA POLICIA,, ciudadano CNEL (GNB). Franklin Ruiz Cabeza, done solicita la transferencia a otro recinto penitenciario al ciudadano JOSE JOEL TORRES TORRES, titular de la Cedula de Identidad Nº 25.519.264, por cuanto el mismo ha tenido una conducta impropia dentro del recinto policial, incitando a los demás reclusos a tener mala conducta, en tal sentido el día 13.07.10, liderizò una huelga de hambre en ese reten, la cual no permitía que se realizaran los traslados a los Tribunales y al C.I.C.P.C, así como también impidiendo el pase de comidas y de las visitas a los demás reclusos, además en varias ocasiones a intentado fugarse del recinto policial, este Tribunal considera que quien otorga la información es el medio idóneo para dar tal credibilidad acuerda procedente dicho traslado.
Tales razones, se toman como fundamento para así declarar con lugar lo solicitado por el Comandante General de la Policía de Apure, toda vez que se funda en el marco de las garantías de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, leyes especiales y Tratados Internacionales suscritos por el Estado venezolano que regulan la citada materia, razón por cual se acuerda el solicitado traslado.
DISPOSITIVA
Por el fundamento expuesto, este Tribunal de primera Instancia en funciones de Juicio Nª 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
UNICO: Con lugar la solicitud de traslado formulada por el Comandante General de la Policía relativa al traslado del acusado JOSE JOEL TORRES TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nª 25.519.264, desde la Comandancia General de Policía (reclusión actual) hasta la sede del Internado judicial de esta ciudad, en consecuencia ofíciese lo conducente a los dos organismos para que actualicen lo aquí decidido. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. NATALY PIEDRAITA IUSWA.
LA SECRETARIA,
ABG. KATIUSKA SILVA
Causa Nº 2M-444-09
NPI/KS/Andrés