REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 21 de Junio de 2009
200º y 151º

NUEVO COMPUTO DE PENA
Causa: 1E-1368-06
Juez: Abg. Yuli Teresa Bali Arvelo.
Fiscal: Séptimo del Ministerio Publico.
Defensa Publica: Abg. Maria Elena Delgado.
Delito: Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma de Fuego.
Victima: Luís Rafael Martínez.
Penado: Rubén Arcenio Alvarado Nieves, titular de la cédula de identidad Nº 15.358.391.
Secretario: Abg. José Luís Sánchez.

Revisada como ha sido la presente causa, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el ultimo aparte del articulo 482 del Código Orgánico procesal Penal, ORDENA: Practicar nuevo Cómputo de la Ejecución de la Pena, al ciudadano Rubén Arcenio Alvarado Nieves, titular de la cédula de identidad Nº 15.358.391 , relacionado con el asunto penal 1E-1368-06, y por el cual se encuentra cumpliendo ordena de Doce (12) años y Ocho (08) meses de prisión, por el delito de Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma de Fuego, todo ello a los fines de verificar la fecha exacta en que le procede la conmutación de la pena en Confinamiento.

PRIMERO: Que el ciudadano Rubén Arcenio Alvarado Nieves, titular de la cédula de identidad Nº 15.358.391, fue condenado por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a cumplir la pena de Doce (12) años y Ocho (08) meses de prisión, por el delito de Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma de Fuego, vigente para la época de los hechos.

SEGUNDO: Que el ciudadano Rubén Arcenio Alvarado Nieves, titular de la cédula de identidad Nº 15.358.391, en fecha 12 de febrero de 2009 por orden del Tribunal Primero de Control le fue impuesta Medida Cautelar de Privación de Libertad por la presunta comisión del delito HURTO CALIFICADO DE GANADO VACUNO.

TERCERO: Que el penado Rubén Arcenio Alvarado Nieves, titular de la cédula de identidad Nº 15.358.391, permaneció detenido desde el 01-08-04, hasta el 09-02-2009, (Fecha en que se evadió), y desde el 06-05-2009, (Fecha en que se coloco a derecho) al día de hoy 21-06-2010, para un total de Cinco (05) Años, Siete (07) Meses y Veintitrés (23) días; faltándole por cumplir Siete (07) años, y Siete (07) días, pena que cumple en su totalidad el 28-06-2017, procediéndole solo la conmutación de la pena en confinamiento cuanto cumpla las ¾ partes (Nueve (09) años y Seis (06) ) de la pena, siendo la fecha de su otorgamiento el: 28-04-2014.

CUARTO: Remitir copias certificadas del nuevo computo a la Dirección de Prisiones, División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico y a su Defensor. Practíquese las demás diligencias correspondientes Líbrense Oficio. Cúmplase.
LAJUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
ABG. YULI TERESA BALI ARVELO.
EL SECRETARIO,
ABG. JOSE LUIS SANCHEZ.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en al auto que antecede.

EL SECRETARIO,
ABG. JOSE LUIS SANCHEZ.

Causa N° 1E-1368-06
YTBA/JLS/ana