REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE


SOLICITUD: 2.010- 258.-


SENTENCIA: DEFINITIVA


MATERIA: FAMILIA


PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS: JUAN
BAUTISTA CHIRINOS PERDOMO

SOLICITANTE: LIBIA PEREZ SERRANO, asistida
por el Abogado WILLIAMS JOSE
LINERO.


FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 11 DE MAYO DE 2.010


Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana LIBIA PEREZ SERRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.203.505, asistida por el Abogado WILLIAMS JOSE LINERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.172, ambos de este domicilio; quien ha solicitado ante este Tribunal se le declare conjuntamente con los JUAN BAUTISTA CHIRINOS MONSERRAT Y JUAN CARLOS CHIRINOS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. V- 7.489.707 y V- 12.732.645 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: JOSÉ BAUTISTA CHIRINOS PERDOMO, quien fue venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.419.125, quien fallecido Ab-Intestato a la edad de 71 años, el día 15 de septiembre de 2.009, a las 6:00 am., en la Urb. Carabobo, calle 148, casa N° 100-138 de la Parroquia San José, Municipio Valencia Estado Carabobo.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos BERMEJO HERNANDEZ NELLY VIOLETA y OSORIO MRTHA TIBAIDA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 9.591.418 y V- 14.218.489 respectivamente, ambas de este domicilio; quienes declararon: “Que si lo conocen de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo”; “Que si lo conocieron; “Que si saben y les consta que falleció en el lugar y fecha antes indicada”; “Que si les consta que los antes mencionados anteriormente son cónyuge e hijos, y son los Únicos y Universales Herederos del difunto JUAN BAUTISTA CHIRINOS PERDOMO.



D I S P O S I T I V A

Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas de las Actas de Matrimonio, Nacimientos, Defunción y Copias de las cedulas de Identidad acompañadas a la Solicitud, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus LIBIA PEREZ SERRANO, JUAN BAUTISTA CHIRINOS MONSERRAT Y JUAN CARLOS CHIRINOS RODRIGUEZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: LIBIA PEREZ SERRANO, JUAN BAUTISTA CHIRINOS MONSERRAT Y JUAN CARLOS CHIRINOS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.203.505, V- 7.489.707 y V- 12.732.645, respectivamente, todos de este domicilio como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JUAN BAUTISTA CHIRINOS PERDOMO, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 11:53 a.m., del día Nueve (09) del mes de Junio de Dos Mil diez (2.010). Años 200º de la Independencia y 151º de la federación.-


La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.


La Secretaria,


Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND

En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº. 08, al folio 65, del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: ( ) folios útiles.

La Secretaria,


Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.



EXP. N°. 2.010-258
EJSM/pmsd/Adriana