REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO No. 02, SAN FERNANDO DE APURE, (01) DE MARZO DEL AÑO

199° Y 151°

Visto el pedimento suscrito por el ciudadano JOSE ALBERTO MONTE, plenamente identificado en autos, debidamente asistido de por el Abogado JAVIER PANTOJA, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.628 y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11-08-2009, donde se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: JOSE ALBERTO MONTES y SANTA LEONOR RODRIGUEZ, venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad N° V-13.640.927 y V-12.587.053, se ordena su ejecución.- En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampe Nota Marginal respectiva.- Igualmente expídase copias certificadas de la Sentencia y del presente auto.- Cúmplase.-
El Juez Prov.,


Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.-

El Secretario,


Dr. RAMON ANTONIO RIVAS


Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-

El Secretario,


Dr. RAMON ANTONIO RIVAS


Exp. N° 18.994. CJU/RAR/miglays.-