REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 16 de Marzo de 2010.
199° y 150°.

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano FRANCESCO SALERNO MIRAGLIA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.328.541, de este domicilio, signada con el N°. 2.010- 139; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas dentro de un lote de terreno constante de una superficie de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180,00 M2), el referido terreno le pertenece según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro del Municipio San Fernando, Estado Apure, anotado bajo el N°. 27, folio 163 al 168, del protocolo Primero, tomo segundo, segundo trimestre, de fecha 17/04/2.000, ubicada en la “Avenida España” de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, enmarcado dentro de los siguientes linderos: Norte: Avenida España; Sur: Casa de Josefina Salerno; Este: Paseo la Cultura, y Oeste: Terrenos de Ali Hernández, constando las mismas de: un edificio de mampostería de dos plantas, el cual en la planta baja consta de tres (3) locales comerciales con sus respectivos servicios básicos, (luz y agua) baño particular, piso de cerámica y portones de hierro. La planta alta (Primer Piso): posee seis habitaciones para alquiler, completamente amoblada, con baño interno, todo los servicios (luz y agua) y piso de cerámica. De igual modo cuenta con una escalera común con el edificio del lado sur que da acceso a la planta alta de ambos edificios, así como también un pasillo del lado oeste que da acceso al edificio del lado sur, ambos de su propiedad . En las cuales se ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000,00). Dichas bienhechurías se encuentran, fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano FRANCESCO SALERNO MIRAGLIA, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a el Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°.
al folio del Libro Diario.

La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.




EJSMpmsd/patiño.-