REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 04 de Marzo de 2010
199° y 151°

Vista la Solicitud presentada por el ciudadano EDUARDO JOSE MICHELANGELI CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 17.201.450, asistido por la Abogada GENOVEVA GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 3.748; quien ha solicitado se le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, y vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, y encontradas conforme, Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías existentes en un lote de terreno Ejido del Municipio de San Fernando de Apure, el cual le fue otorgado por CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EJIDO, emitido de la Sindicatura del Municipio San Fernando de Apure Estado Apure, asentada bajo el N° 113 libro 01, el día 10, del mes 02, del año 2.010, con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTÍMETROS (265,55 Mts2), ubicado en la Parroquia “El Recreo”, Municipio San Fernando, del Estado Apure, con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurías consistentes en una (01) casa de habitación familiar de la siguiente forma: dos (2) habitaciones, una (1) cocina, un (1) baño sanitario;. Dichas bienhechurías se encuentran comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa de Thamar González, con veintitrés metros con cincuenta centímetros (23,50 Mts); Sur: Casa de Amada Castillo, en veintitrés metros con cincuenta centímetros (23,50 Mts); Este: Casa de Julio Michelamgeli, en once metros con treinta centímetros (11,30 Mts) Oeste: Calle en Proyecto, en once metros con treinta centímetros (19,05 Mts), en el cual ha invertido la cantidad de Quince Mil Bolívares (Bs. 15.000,00).- Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran, fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano EDUARDO MICHELANGELI, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. PETRA M SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
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La Secretaria,
Abg. PETRA M SILVA DIAMOND.