En el día de hoy, miércoles diez (10) de Marzo del año dos mil diez (2.010), siendo las 10:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó, el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en un inmueble conformado por un lote de terreno y sus bienechurias, ubicada en el sector Charneca, Avenida Intercomunal Biruaca-San Fernando jurisdicción del Municipio San Fernando de Apure, Estado Apure, con la finalidad de practicar la INSPECCIÓN OCULAR, solicitada por el ciudadano Abogado en ejercicio Dr. JOSÉ ÁNGEL ARMAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.168.127, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 33.207, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ÁNGEL OSWALDO ESTÉVEZ HURTADO. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal, previa lectura del despacho de comisión, al ciudadano ÁNGEL OSWALDO ESTÉVEZ HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.863.734, quien manifestó a éste Tribunal ser el propietario del fundo en el cual se encuentra constituido éste Juzgado. Compareció a prestar apoyo una Comisión Policial conformada por dos (02) funcionarios. Acto seguido y a los fines de proveer sobre el requerimiento del solicitante en su escrito, referido a la designación de un práctico para que asesore al Tribunal en la evacuación de la presente Inspección Ocular, y de un fotógrafo para que tome las impresiones fotográficas en el sitio objeto de la presente, este Juzgado procede a designar como PRÁCTICO al ciudadano JUAN FÉLIX GUERRA SALINAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.615.263, quien estando presente acepto el cargo para el cual fue designado, y juró cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo; así mismo se procede a designar como FOTÓGRAFA, a la ciudadana RAQUEL LAYA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.324.932, quien estando presente acepto el cargo para el cual fue designado, y juró cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. Seguidamente el Tribunal pasa a dejar constancia sobre los particulares requeridos en la Solicitud de la siguiente forma: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal deja constancia, con ayuda del Práctico designado que el lote de terreno donde se encuentra constituido este Juzgado posee las siguientes medidas: Frente diagonal a la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca con TRECIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS (396 mtrs.). Parte baja del fondo TRECIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS (396 mtrs.). Fondo lateral derecho CIENTO OCHENTA METROS (180 mtrs.). Fondo lateral izquierdo CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (183,50 mtrs.). AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal deja constancia con ayuda del Práctico designado, que efectivamente se observa que el lote de terreno en el cual se encuentra constituido el Tribunal en su frente se encuentra cercado con media pared de bloques de aproximadamente un metro (1 mtr.) de altura, y sobre ella estructura de alfajol; el lindero lateral derecho se encuentra cercado con estantillos de madera y alambre de púas de cuatro (04) pelos; y el fondo está cercado con media pared de bloques de aproximadamente un metro (1 mtr.) de altura, y sobre ella estructura de alfajol. AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal deja constancia con ayuda del práctico designado, que en lote de terreno donde se encuentra constituido éste Juzgado se encuentran construidas las siguientes bienechurías: 1º Una (01) Romana construida con tubos de metal y techo de zinc en su parte frontal, utilizada para pesar ganado, la misma posee las siguientes características; marca: FAIRBANKS MORCE &. CO CHICASO, U.S.A., código Nº 10652, serial Nº 1714J, CAP Y. WAG´S: 5.000 kg, CAP Y. TRKS: 3.000 Kg. 2º Un (01) inmueble constante de una (01) habitación y una (01) cocina, de construcción de mampostería estructurada en piso de cemento, techo de zinc con vigas de metal, puerta principal de acceso de metal y ocho 808) ventanas con bloques de ventilación, dicho inmueble mide aproximadamente tres metros de frente por seis metros de largo (3 X 6 mtrs.). 3º Dos (02) estructuras, que según información suministrada por el notificado se utilizan como depósito, conformadas por construcción de mampostería piso de cemento, bloques de ventilación, techo de zinc con vigas de metal, dos (02) habitaciones, puertas de metal y un (01) pasillo principal de acceso, dicho inmueble mide aproximadamente cinco metros de frente por seis metros de largo (5 X 6 mtrs.). 4º Dos (02) estructuras utilizadas como garaje con piso de cemento tubos de metal y techo de zinc, dichos galpones miden aproximadamente tres metros de frente por tres metros de largo (3 X 3 mtrs.). 5º Una (01) casa con pasillo lateral derecho y porche en construcción de mampostería, dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) lavandero, piso de cemento totalmente enrejado con techo de acerolit y tubos de metal, la cual según información suministrada por el notificado se utiliza para depósito de materiales varios, dicho inmueble mide aproximadamente nueve metros de frente por ocho metros de largo (9 X 8 mtrs.). 6º Una (01) casa de dos (02) plantas en construcción de mampostería, la planta alta posee las siguientes características: una (01) habitación, con vestier y baño, media terraza, con techo de platabanda, una (01) terraza totalmente enrejada con piso de cerámica y estructuras decorativas en cemento; la planta baja posee las siguientes características: una (01) sala, una (01) cocina un (01) comedor, un (01) bar, una (01) habitación, un (01) baño un (01) despacho tipo oficina, lateral a la sala de estar, con piso de granito y techo de platabanda, ambas plantas se comunican Internamente con escaleras de granito, dicho inmueble mide aproximadamente diez metros de frente por doce metros de largo (10 X 12 mtrs.), así mismo posee un tanque aéreo de mil quinientos litros (1.500 ltrs.). 7º Una casa con las siguientes características: piso de cemento, techo de platabanda, puerta de metal, tres (03) habitaciones, dos (02) baños, sala-comedor-cocina, dicho inmueble mide aproximadamente diez metros de frente por siete metros de largo (10 X 7 mtrs.), así mismo posee un tanque aéreo de mil litros (1.000 ltrs.). 8º Un (01) corral propio para cría de aves de corral, construido en pared de bloque de metro y medio (1,5 mtrs. ) aproximadamente, alfajol y tubos de metal, dicho inmueble mide aproximadamente doce metros de frente por ocho metros de largo (12 X 8 mtrs.). 9º Seis (06) corrales, construidos con tubos de metal y piso de cemento con tres (03) bebederos y tres (03) comederos. 10º Dos (02) cosos uno que da a la romana y uno al embarcadero. 11º Un (01) chiquero con piso de cemento y techado. 12º Un (01) relleno que se encuentra en el fondo laterial derecho en un área de aproximadamente de cien metros de frente por cincuenta metros de largo (100 X 50 mtrs.). 13º Un (01) galpón que según información suministrada por el notificado se utiliza como deposito para actividad ganadera, con piso de cemento, paredes de bloque, techo de acerolit y vigas de metal, dicho galpón mide aproximadamente cuatro metros de frente por tres metros de largo (4 X 3 mtrs.). 14º Un (01) tanque de almacenamiento de agua, de mil quinientos litros (1.500 ltrs.). AL PARTICULAR CUARTO: El Tribunal deja constancia que en el lotye de terreno donde se encuentra constituido éste Despacho se encuentran habitando las siguientes personas: El notificado ciudadano ÁNGEL OSWALDO ESTÉVEZ HURTADO, antes identificado, conjuntamente con su concubina la ciudadana MARIBEL BALZA, y la hija de la concubina DAMARYS BALZA, del mismo modo vive en el inmueble el ciudadano NESTOR RAFAEL MENDOZA OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.622.537, quien manifestó ser en cargado del fundo. AL PARTICULAR QUINTO: El Tribunal deja constancia que se observa en el fundo en el cual se encuentra constituido los siguientes animales: Diecisiete (17) reses (ganado vacuno), un (01) caballo, gallinas, patos y pavos. AL PARTICULAR SEXTO: El Tribunal deja constancia que en el encabezado de la presente acta a petición del solicitante el Tribunal procedió a Designar la fotógrafa encargada de consignar posteriormente las impresiones referidas a los particulares aquí evacuados. AL PARTICULAR SEPTIMO: El Tribunal deja constancia que el solicitante no hizo uso del presente particular. Acto seguido previa consulta con la fotógrafa designada por éste Despacho, se le otorga un lapso de cinco (05) días de despacho a los fines de que proceda a consignar por ante éste Tribunal las impresiones fotográficas correspondientes, siendo la cantidad de diez (10) fotografías, dejando constancia que las mismas fueron tomadas con una cámara fotográfica de las siguientes características: marca: HP, modelo: PHOTOSMART E 317, de 5.0 megapixels. No siendo otra la misión del Tribunal se acuerda el regreso a la sede natural siendo las 12:40 de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Jueza Temporal.

Dra. AURI TORRES LÁREZ.
El Solicitante.

Dr. JOSÉ ÁNGEL ARMAS.

El Notificado.

ÁNGEL OSWALDO ESTÉVEZ HURTADO.

Fotógrafa Designada.

RAQUEL LAYA

El Práctico Designado.

JUAN FÉLIX GUERRA SALINAS

El Funcionario Policial.

EGDUAR OLIVARES.
C.I. V-18.328.834
El Alguacil Titular.

MIGUEL ÁNGEL BRAVO.

La Secretaria Titular.

Dra. MARÍA MILAGRO ARANGUREN.


Comisión Nº 10-2444.