N° 004-10
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
BRUZUAL, ESTADO APURE
Bruzual, 08 de Marzo de 2010
Años 198º y 151º
Vista el oficio Nº 2651-2009, de fecha 26 de Octubre de 2009, remitiendo Expediente Nº 3743 nomenclatura del Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso, Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, contentiva de la Solicitud de Expedición de un Titulo Supletorio de Propiedad, a favor de la ciudadana YUDITH ARRIAGA MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.755.695, enviado a ese despacho mediante oficio Nº 2070-194-09, de fecha 19 de Junio de 2009, en virtud de la declaratoria de incompetencia en razón de la materia, referida en Sentencia Interlocutoria suscrita por este Tribunal, tal remisión obedece que el Tribunal Superior dicto decisión mediante la cual declaro que este Tribunal es Competente, se acuerda darle entrada y el curso de Ley correspondiente constante de cuarenta (40) folios útiles.-
En consecuencia, previas las formalidades legales, tómesele declaración a las testigos, ciudadanos JACINTO JEREMIAS ULASIO RONDON y JOSE GERARDO SALAS CALLES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.412.005 y 4.729.586, respectivamente y de este domicilio, a quienes presentará la parte interesada, sin previa citación y a cuyo efecto se fijan las 9.30 a.m. y 10,30 a.m. del cuarto día de despacho siguiente al de hoy, hecho lo cual se dictará el decreto correspondiente y devolverá original de lo actuado a la solicitante, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Juez
Dr. AMBROSIO ENRIQUE VALDIVIESO RODRIGUEZ
La Secretaria
GREMAIRIS COA
Solicitud Nro. 013-2009
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