REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


San Fernando de Apure, 12 de Mayo de 2010.-
200º y 150º


SOBRESEIMIENTO


CAUSA: 1C - 13.007 - 10

IMPUTADO: FUNCIONARIO POLICIAL DE NOMBRE MANSUR
VICTIMA: CORONA OROZCO JORGE LUIS
DELITO: LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES
PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO


Visto que en fecha 18 de Febrero de 2010, el Fiscal Séptimo del Ministerio del Público, Dr. JHONY JOSÉ MOHAMED MARCANO, solicita se declare el Sobreseimiento de la Causa N° 1C-13.007-10 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F7-0150-06, nomenclatura de esa Fiscalía, donde aparece como imputado: FUNCIONARIO POLICIAL DE NOMBRE MANSUR, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento del imputado, no pudiendo atribuir responsabilidad alguna al mismo en los hechos investigados. Este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 04-09-2006 donde se Individualizó como imputado a FUNCIONARIO POLICIAL DE NOMBRE MANSUR como presunto autor del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES. Donde aparece como victima el ciudadano: CORONA OROZCO JORGE LUIS.Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr. JHONY JOSÉ MOHAMED MARCANO, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 4º. Ahora bien este Tribunal para decidir observa: por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: TRES (03) AÑOS, OCHO (08) MESES Y TRECE (13) DIAS, de la comisión del delito investigado y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.

DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-13.007-10, seguida en contra del imputado: FUNCIONARIO POLICIAL DE NOMBRE MANSUR, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico en perjuicio del ciudadano CORONA OROZCO JORGE LUIS, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ


EL SECRETARIO,


ABG. ANGEL RAMON CAMPO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,


ABG. ANGEL RAMON CAMPO








Causa N° 1C-13.007-10
STH/ARC/el.-.-