REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 19 de Mayo de 2010
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-12.981-10
IMPUTADO: TONY JOSE ROSALES QUIROZ
VICTIMA: YENNY AMARILYS GARCIA
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 29-01-2.010, el Fiscal Noveno del Ministerio Público, Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-12.981-10, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-V9-0398-08, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: TONY JOSE ROSALES QUIROZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 23-10-2008, mediante denuncia formulada ante ese Despacho por la Ciudadana YENNY AMARILYS GARCIA mediante remisión interna Nº 1447-08 de la Oficina de Orientación al Ciudadano adscrita a la Fiscalia Superior; donde dejo constancia de lo Siguiente “Con la finalidad de denunciar al Ciudadano de nombre TONY ROSALES, quien me insulto con vulgaridades en el día de hoy, Esto viene sucediendo hace tiempo, con un problema antiguo con un Consejo Comunal. …”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr., LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos contra las personas, específicamente del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMRNAZAS previsto y sancionado en el Art. 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Un (01) año, Tres (03) Meses y Seis (06) días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-12.981-10, seguida en contra del imputado: TONY JOSE ROSALES QUIROZ, Titular de la cedula de Identidad Nª 13.488.623, por la presunta comisión del delito: VIOLENCIA PSICOLOGICA YA MENAZAS, en perjuicio de: YENNY AMARILYS GARCIA conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ
EL SECRETARIO
ABG. FELIX GONZALEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. FELIX GONZALEZ
Causa N° 1C-12.981-10
STH/Rosa M.-