REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (18) DE MAYO AÑO DOS MIL DIEZ (2010)
SALA DE JUICIO N° 2.-
200° y 151°
Visto como definitivamente firme ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 22-03-2010, donde se declara la unión Concubinaria entre los ciudadanos ZULAIKA DEL CARMEN TORO ARANA y de Cujus IVAN JESUS ROJAS NAVARRO.- Se ordena su ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 475 en concordancia con lo establecido en el artículo 507 del Código Civil. En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes.- Igualmente expídanse copias certificadas de la Sentencia a la parte interesada y del auto que la provea, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese lo conducente Cúmplase.-
El Juez Prov.,
Dr. CARTOS JOSE UVIEDO
El Secretario.,
Dr. RAMON A. RIVAS LORETO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario.,
Dr. RAMON A. RIVAS LORETO
Exp. N° 19.526.-
CJU/RARL/yuliec.-