REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 24 de Mayo de 2010
200° y 151°
Vista la demanda incoada por la ciudadana SHIRLEY DOREIDA LIMA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 8.818.899, asistida por la Abogada ROSA BESTALIA DANIEL MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 63.095, ambos de este domicilio, mediante la cual solicitó que este Tribunal ordene la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION, que corre inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, signada con el N°. 618, de fecha 03 de Noviembre del año 1.997, y por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley; désele entrada en el Libro de Causas bajo el N°. 2.010- 4.642 y admítase cuanto ha lugar en derecho.- El error denunciado consiste en: Que al momento de asentar el Acta de Defunción del Decujus MIGUEL ANTONIO GALLARDO en el Libro de Registro Civil respectivo, se asentó el nombre de la ciudadana: “SHIRLEY DOREIDA”, de manera incorrecta como “DOREIDA DE GALLARDO”. Para los efectos probatorios la demandante consignó copia certificada del Acta de Defunción del Decujus MIGUEL ANTONIO GALLARDO, signada con el N°. 618, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure; en fecha 03 de Noviembre del año 1.997, Copia Fotostática Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana SHIRLEY DOREIDA, expedida por ante el Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y Copia de la Cédula de Identidad N°. 8.818.899.- Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio Ordinario de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION; este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia San Fernando, Estado Apure, estampar la correspondiente NOTA MARGINAL en la referida Acta de Defunción del Decujus MIGUEL ANTONIO GALLARDO, en el sentido de que se corrija el nombre de la ciudadana “SHIRLEY DOREIDA”, haciéndose aparecer “DOREIDA DE GALLARDO” tal como lo ordena esta Sentencia.- Expídanse por secretaría copias certificadas que fueren menester y remítase junto con oficio a las autoridades civiles competentes antes señaladas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, a las 11:30 a.m., del día Veinticinco (25) del mes de Mayo del año 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
En esta misma fecha de dio cumplimiento a lo ordenado, y se libró Oficio N°. 10- 558, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio
, del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.
EJSM/pmsd/Yuling.-
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