REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 28 de Mayo de 2.010.

200° y 151°.


EXPEDIENTE N°: 10- 4.562.-

DEMANDANTE: YASMIN S. YEJAN MONTEVERDE,
Asistida por los Abogados ANALICIA
RODRIGUEZ M. Y HECTOR J. TOVAR.-
DEMANDADA: BLANCA LINDA UNDA.-

JUICIO: COBRO DE BOLIVARES POR
INTIMACION.


Por recibida y vista la diligencia que antecede, estampada por las partes, ciudadana BLANCA LINDA UNDA, asistida por la Abogada ROSA CARABALLO RONDON, así como por la ciudadana YASMIN YEJAN MONTEVERDE, mediante la cual celebran Convenimiento en la presente causa; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada y se da por terminado el presente juicio.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha se publicó, registró la anterior homologación, y quedó anotada en el punto N°. , al folio ,del Libro Diario.


La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.


EJSM/lmsp/patiño.-