Nº 014-10
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
BRUZUAL, ESTADO APURE
Bruzual, 26 de Mayo de 2010
Años 200º y 151º
Vista la solicitud presentada personalmente por su firmante MARTHA MAGDALENA ZABALA DE POLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.225.766, constante un (1) folios útil, y redactado por la Abogado YRAIDA BONA, Inpreabogado Nº 52.531, donde pide se fije nueva oportunidad para la evacuación de los testigos, se acuerda de conformidad.
En consecuencia, previas las formalidades legales, tómesele declaración a los testigos, a quienes presentará la parte interesada, sin previa citación y a cuyo efecto se fijan las 9:00 a.m. y 10:00 a.m. del cuarto día de despacho siguiente al de hoy, hecho lo cual se dictará el decreto correspondiente y devolverá original de lo actuado a la solicitante, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Juez
Dr. AMBROSIO ENRIQUE VALDIVIESO RODRIGUEZ
La Secretaria
GREMAIRIS COA
Solicitud Nro. 010-2010
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