REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.
Guasdualito, 15 de Noviembre de 2010
PARTES: RAUL NEPTALI COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.1013.142, parte demandante, asistido por el Abogado Freddy Fidel Molina Ayala, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 66.517.,
MOTIVO: Obligacion de Manutenciòn .
SENTENCIA: Extincion de Instancia .
ASUNTO: CP21-V-2010-000056.
En la oportunidad para la realización de la Audiencia Preliminar de Mediación establecida en el artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño , Niña y Adolescente, siendo las 10:00 horas de la mañana, hora y fecha señalada para la realización de la misma, habiéndose anunciado el acto a las puertas del Tribunal, se dejo expresa constancia la no comparecencia de la parte demandante ciudadano RAUL NEPTALI COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-10.1013.142, parte demandante, asistido por el Abogado Freddy Fidel Molina Ayala, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 66.517. En consecuencia habiéndose constatado en la mencionada oportunidad la no comparecencia de la parte demandante irremediablemente se procede conforme a lo dispuesto en el articulo 522 eiusdem, que expresa: “Si la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de Mediación de la audiencia preliminar, o la audiencia de Juicio, se considera desistido el procedimiento y termina el proceso mediante sentencia oral, que se debe reducir en un acta y publicarse el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero él o la demandante no puede volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes..”
De lo expuesto esta juzgadora procede a declarar EXTINGUIDA la INSTANCIA. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA PARA EL ARCHIVO. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.
ABOG. ANNABELLA FRANCO M.
Juez de Mediación y Sustanciación.
ABOG. PAOLA PALACIOS.
Secretaria
AFM/pp.
CP21-V-2010-000056.
|