REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.

Guasdualito, 22 de Noviembre de 2010

PARTES: NARCISA GREGORIA PEREZ VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. V-15.547.303; asistido por la abogado en ejercicio ERME DORINA REYES MORENO, inscrita en el inpre-abogado bajo el Nro 45.244,(parte demandada opositora) y el ciudadano ELIO GUILLERMO ITURRIZA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. V- 2.478.334; asistido por el abogado en ejercicio FREDDY FIDEL MOLINA AYALA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 66.517,(parte demandante).

MOTIVO: Incidencia de Opisicion de Medida Preventiva

SENTENCIA: Interlocutoria .

ASUNTO: CH22-X-2010-000023.

En la oportunidad legal para la realización de la Audiencia en la Incidencia de oposición a la Medida de Secuestro, establecida en el artículo 466 literal “d”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declarado abierto el acto y siendo las 11:30 am, se deja expresa constancia la no comparecencia de la parte Opositora ciudadana NARCISA GREGORIA PEREZ VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. V-15.547.303; asistido por la abogado en ejercicio ERME DORINA REYES MORENO, inscrita en el inpre-abogado bajo el Nro 45.244. El Tribunal habiendo constatado la no presencia de la parte demandante opositora, declara extinguida la presente incidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466-“e” Eisudem.

De lo expuesto esta juzgadora procede a declarar EXTINGUIDA la INSTANCIA. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA PARA EL ARCHIVO. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.

ABOG. ANNABELLA FRANCO M.
Juez de Mediación y Sustanciación.


ABOG. PAOLA PALACIOS.
Secretaria
AFM/pp.
CH22-X-2010-000023.