REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y L ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.
Guasdualito, 24 de Noviembre de 2010.
SOLICITANTES: CARMEN MARLENIS EREU PINEDA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Guasdualito- Estado Apure, titular de la cedula de identidad No. V.-10.012.100, actuando en representación de sus hijos PABLO ALEXIS DIAZ EREU, LUIS ALEJANDRO DIAZ EREU, PABLO ELEAQUIN DIAZ EREU, PAOLA YAKARY DIAZ EREU, OFELIA MAIRENE DIAZ EREU, asistidos en este acto por el Abogado en RAFAEL MARIA BETANCOURT, inscrito en el inpre-abogado bajo el No. 132.718.
MOTIVO: Extincion de Instancia.
SENTENCIA: Interlocutoria .
ASUNTO: CP21-J-2010-000325.
En la oportunidad para la realización de la Audiencia Preliminar de Jurisdicción Voluntaria (Autorización judicial) solicitada por la ciudadana CARMEN MARLENIS EREU PINEDA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Guasdualito- Estado Apure, titular de la cedula de identidad No. V.-10.012.100, actuando en representación de sus hijos PABLO ALEXIS DIAZ EREU, LUIS ALEJANDRO DIAZ EREU, PABLO ELEAQUIN DIAZ EREU, PAOLA YAKARY DIAZ EREU, OFELIA MAIRENE DIAZ EREU, asistidos en este acto por el Abogado en RAFAEL MARIA BETANCOURT, inscrito en el inpre-abogado bajo el No. 132.718. Presente igualmente el ciudadano Fiscal XIII del Ministerio Publico, abogado Helme Geronimo Aliendo Cordero, siendo las 10:00 am, y estando dentro de la oportunidad legal para la celebración de la audiencia preliminar de Jurisdicción Voluntaria, establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarado abierto el acto, con todas las formalidades de ley, se deja expresa constancia la no comparecencia la ciudadana CARMEN MARLENIS EREU PINEDA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Guasdualito- Estado Apure, titular de la cedula de identidad No. V.-10.012.100, actuando en representación de sus hijos PABLO ALEXIS DIAZ EREU, LUIS ALEJANDRO DIAZ EREU, PABLO ELEAQUIN DIAZ EREU, PAOLA YAKARY DIAZ EREU, OFELIA MAIRENE DIAZ EREU, asistidos en este acto por el Abogado en RAFAEL MARIA BETANCOURT, inscrito en el inpre-abogado bajo el No. 132.718. El Tribunal habiéndose constatado la no comparecencia de la parte solicitante del presente asunto, procede conforme lo prevé el artículo 514 Eiusdem, en consecuencia se declara EXTINGUIDO el procedimiento. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA para el archivo.
ABOG. ANNABELLA FRANCO M.
Juez de Mediación y Sustanciación.
ABOG. PAOLA PALACIOS.
Secretaria
AFM/pp.
CP21-J-2010-000325.
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