REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.
Guasdualito, 05 de Noviembre de 2010
PARTES: WISTON ALFREDO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. V-10.711.324; asistido por el abogado en ejercicio JOSE LUIS FLEITAS, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nro 48.677.
MOTIVO: Incidencia de Opisicion de Medida Preventiva
SENTENCIA: Interlocutoria .
ASUNTO: CH22-X-2010-000019.
En la oportunidad legal para la realización de la Audiencia en la Incidencia de oposición a la Medida de Embargo de Prestaciones Sociales, establecida en el artículo 466 literal “d”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declarado abierto el acto y siendo las 10:00 am, se deja expresa constancia la no comparecencia de la parte Opositora ciudadano WISTON ALFREDO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N. V-10.711.324; asistido por el abogado en ejercicio JOSE LUIS FLEITAS, inscrito en el inpre-abogado Nº48.677. El Tribunal habiendo constatado la no presencia de la parte demandante opositora, declara extinguida la presente incidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466- literal “e” Eisudem.
De lo expuesto esta juzgadora procede a declarar EXTINGUIDA la INSTANCIA. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA PARA EL ARCHIVO. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.
ABOG. ANNABELLA FRANCO M.
Juez de Mediación y Sustanciación.
ABOG. PAOLA PALACIOS.
Secretaria
AFM/pp.
CH22-X-2010-000019.
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