REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 29 de Noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: JMS-S-332-2010.
Visto el acta que antecede de fecha, 22/11/10, suscrita por la ciudadana FATIMA JOHANNA CABALLERO, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. 14.693.984, en lo que respecta a la Demanda de DIVORCIO ORDINARIO, debidamente asistida de abogado, donde manifestó que desiste del procedimiento de Divorcio llevado por ante este Despacho, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho Desistimiento del Divorcio Ordinario, en los términos expuestos por la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo. Así mismo, por cuanto de las mismas se evidencia que la causa signada con el Nº JMSS-332-2.010 de la nomenclatura de este Juzgado en el juicio de Divorcio Ordinario, se encuentra aperturado un Cuaderno de Medidas, se acuerda abrir nuevo expediente con copia fotostática certificada de la Medida Provisoria para controlar la Obligación de Manutención a favor de los Hnos.: (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).- Igualmente se acuerda Autorizar a la ciudadana FATIMA JOHANNA CABALLERO, ya identificada, para que aperture cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario favor de los mencionados Hnos.- Cúmplase. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSÉ UVIEDO.
El Secretario
Abg. FREDDYS MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
El Secretario
Abg. FREDDYS MARTINEZ



ASUNTO: JMSS-332-2010
CJU/FM/Nicxon.-