REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 23 de Noviembre de 2010
200 y 151ª
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-12.055-09
IMPUTADO: JESÚS MARÍA ORONOZ
VICTIMA: CRISTINA JOSEFINA RONDON DE ORONOZ
DELITO: VIOLENCIA FISICA
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 03-11-2.010, se recibe la presente causa con solicitud de sobreseimiento que planteara el Fiscal Noveno del Ministerio Público, Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, Solicitando a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-12.055-09, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-V9-0060-09, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: JESÚS MARÍA ORONOZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 15-01-2.009, mediante Denuncia interpuesta por la Ciudadana CRISTINA JOSEFINA RONDON DE ORONOZ, ante la Sub. Comisaría Los Centauros, de la Comandancia General de la Policía, y quien expuso lo Siguiente “...encontrándome en labores de servicio en dicha comisaría en compañía de los funcionarios Agente PBA) Herrera Dávila y el Agente PBA) Junny Mejias cuando se presento una adolescente de nombre ORONOZ CRISTINA, y nos manifestó que su progenitor estaba golpeando a su progenitora a escasos metros de la comisaría, específicamente en su residencia… nos trasladamos al sitio y justamente el ciudadano estaba agrediendo tanto física como verbalmente a la mencionada señora, procedimos a identificarnos como funcionarios… y le participamos al ciudadano que estaba siendo detenido flagrantemente como lo establece el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar incurso en uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, según el artículo 93 de las misma ley… el ciudadano autor del hecho quedo identificado de la siguiente manera JESÚS MARÍA ORONOZ... y la victima quedó identificada de la siguiente manera CRISTINA JOSEFINA RONDON DE ORONOZ… dejando constancia de que para el momento del hecho se encontraban los siguientes testigos JUAN CARLOS VOLCAN CORTEZ… Y WILLIANS ALEXANDER SEGOVIA CORTEZ.”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado se evidencia; en razón de que en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual establece que vencido el lapso de cuatro meses que tiene la vindicta pública para investigar, sin que haya pedido prorroga, contenida en el Artículo 79 de precitada Ley, deberá emitir acto conclusivo al que hubiere lugar, por lo cual cabe destacar que desde fecha en que suscitaron los hechos 31-01-09 hasta la fecha 23-10-10 han trascurrido un lapso de (1) año, (8) meses, y (23) días tiempo este que supera el lapso establecido por la Ley, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-12.055-09, seguida en contra del Ciudadano: JESÚS MARÍA ORONOZ, por la presunta comisión del delitos de: VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de: CRISTINA JOSEFINA RONDON DE ORONOZ conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL CAMPO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL CAMPO
Causa N° 1C-12.055-09
EMB/Josean.-