REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia


Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 23 de Noviembre de 2010
200 y 151ª
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-12.265-09
IMPUTADO: NELSON ISRAEL ROBINSON ARISMENDI
VICTIMA: NELLY JOSEFINA RONDON VILERA
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y FISICA
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 03-11-2.010, se recibe la presente causa con solicitud de sobreseimiento que planteara el Fiscal Noveno del Ministerio Público, Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, Solicitando a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-12.265-09, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-V9-0190-09, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: NELSON ISRAEL ROBINSON ARISMENDI, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 17-02-2.009, mediante Denuncia interpuesta por la Ciudadana NELLY JOSEFINA RONDON VILERA, ante el modulo del Barrio San José, adscrito a la comandancia de la policía de San Fernando, en Fecha 15-02-2009, y quien expuso lo Siguiente “Nosotros teníamos 06 meses en una relación después que comenzó a golpearme, maltratarme no quise más nada con el y cada vez que toma llega borracho la casa formándome problemas y para evitar problemas lo dejaba durmiendo en un cuarto aparte, como ya me canse y no le abro la puerta comienza a tirar piedras, diciendo que mis hijas son unas putas, diciéndole palabras obscenas, hasta el día de hoy Nelson fue nuevamente para mi casa y yo me disponía a salir para la casa de mi mamá para no tener inconveniente le dije a Nelson que no quería problemas que me dejara tranquila, me fui y Nelson quedo en la puerta del frente cuando venia caminando por la calle principal de San José sentí un golpe fuerte en la cara y comenzó a ahorcarme, comencé a pegar gritos diciéndole que me soltara que me dejara tranquila, Nelson me dijo que me iba a matar me pego un mordisco en el brazo izquierdo, ahí llego mi hija Ruth le dijo a Nelson deja a mi mamá no le estés golpeando y se metió en el medio de Nelson me metió un empujón, ahí me fui con mi hija hasta la casa, Nelson se fue detrás de nosotras y quería golpearme a dentro e mi, varias personas que se encontraban cerca del lugar entre ellos u ciudadano de apodo piolín de dijo que se fuera que le dejara tranquila que eso no se le hace a una mujer en eso un señor de nombre Manuel que estaba con el se lo llevo, posteriormente me fui para la casilla policial a formular la denuncia.”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado se evidencia; en razón de que en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual establece que vencido el lapso de cuatro meses que tiene la vindicta pública para investigar, sin que haya pedido prorroga, contenida en el Artículo 79 de precitada Ley, deberá emitir acto conclusivo al que hubiere lugar, por lo cual cabe destacar que desde fecha en que suscitaron los hechos 17-02-09 hasta la fecha 23-11-10 han trascurrido un lapso de (1) año, (9) meses, y (5) días tiempo este que supera el lapso establecido por la Ley, por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-12.265-09, seguida en contra del Ciudadano: NELSON ISRAEL ROBINSON ARISMENDI, por la presunta comisión del delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA y FISICA, en perjuicio de: NELLY JOSEFINA RONDON VILERA conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL CAMPO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL CAMPO

Causa N° 1C-12.265-09
EMB/Josean.-