Republica Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia


Circuito Judicial Penal del Estado Apure
Tribunal Primero de Ejecución de Penas
y Medidas de Seguridad

San Fernando de Apure, 24 de Noviembre de 2.010
200 y 151º

Causa: 1E-1832-09

Recibido como fue escrito presentado por el ABG. JUAN PERNIA CAMPOS, en su carácter de defensor privado del penado HECTOR JAVIER VERA RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nº 16.000.946 de fecha 24-11-2010, el cual se encuentra recluido en la Penitenciaria General de Venezuela ubicada en San Juan de los Morros Estado Guarico; mediante el cual solicita el traslado del penado antes mencionado hacia la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la misma ciudad, en virtud de las lesiones que presenta en su pierna.

En aras de garantizar el derecho a la vida del ciudadano HECTOR JAVIER VERA RODRIGUEZ de conformidad con lo establecido en el articulo 43, de la Constitución de la Republica Bolivariana d Venezuela y articulo 10 del Código orgánico Procesal Penal, es por lo cual este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial penal del Estado Apure acuerda CON LUGAR la solicitud de traslado hasta la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas ubicada en la ciudad de San Juan de los Morros Estado Guarico, Líbrese los correspondientes Oficios a la Penitenciaria general de Venezuela y a la Medicatura forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Ofíciese lo conducente al Defensor Privado. Y ASI SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:

UNICO: CON LUGAR la solicitud de traslado hasta la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas ubicada en la ciudad de San Juan de los Morros Estado Guarico, Líbrese los correspondientes Oficios a la Penitenciaria general de Venezuela y a la Medicatura forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Ofíciese lo conducente al Defensor Privado.
DRA. YULI BALI ARVELO
JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
LA SECRETARIA
ABG. MARIA GABRIELA FERRER

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA
ABG. MARIA GABRIELA FERRER
Causa: 1E-1.832-09
YBA/MGF/anak.