REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
Guasdualito, 08 de Noviembre de 2.010
200° y 151°
Por recibido y visto escrito, actuando de Fiscal del Ministerio Público de Guasdualito, Estado Apure, representada por el Abg. CARLOS JOSE IZARRA SULBARAN, en el que solicita se decrete el SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el No. 1C7695-10, instruido en contra del ciudadano JORGE EFRAIN COLMENARES SPERANZA por la comisión del delito, HECHO NO TIPICO en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por cuanto el hecho no es típico, de conformidad con el numeral 2°, del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal a los fines de decidir observa:
I
El 06 de Octubre del año 2010 el sub. Comisario, funcionario adscrito al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional SEBIN Guasdualito se encontraba de comisión en compañía de los funcionarios Inspectores Iván Jiménez, José Briceño, y Freddy Escalona, por el Remolino Ubicado en la Carretera Nacional Guasdualito la Pedrera, una vez, en la estación de servicio en dicho sector, observaron un vehiculo marca ford, modelo F-350, color marrón, clase camión, año 1991, placas 29V-KAD, serial de carrocería, AJF3EE36992, serial de motor, 6 cilindro, el cual contenía 19 tambores metálicos, con capacidad de 220, litros cada uno, para un total aproximadamente de 4.180 litros de combustible al solicitar la documentación personal del conductor este quedo identificado como JORGE EFRAIN COLMENARES de nacionalidad venezolana, de 44 años de edad, de profesión u oficio conductor, en donde ellos no tenían ningún permiso al respecto que pudieran transporte ese combustible es todo
II
En fecha 06-10-2010, esta representación Fiscal del Ministerio Publico ordena el inicio de la presente investigación Nº 04-F3-369-2010, logrando obtener lo siguiente:
• ACTA POLICIAL DE FECHA 06-10-2010
• ACTA DE RETENCION DE VEHICULO DE FECHA 06-10-2010
• PERMISO DE FECHA 06-07-2010
• RESULTADO DE EXPERTICIA DE FECHA 13-10-10
• PERMISO DE FECHA 06-10-2010
III
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa 1C7695-10, instruido en contra de JORGE EFRAIN COLMENARES SPERANZA por la comisión del delito, HECHO NO TIPICO en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como concluida al Archivo Judicial en su oportunidad legal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
EL JUEZ DE CONTROL,
Dr. MIGUEL PADILLA BAZO.
LA SECRETARIA,
ABG INDIRA TRINIDAD VIVAS.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,
ABG. INDIRA TRINIDAD VIVAS.
MPB/ITV/rv.-