REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
BRUZUAL, ESTADO APURE
Bruzual, 04 de Noviembre de 2010
200° y 151°
EXPEDIENTE…N°..300-2010.
PARTE ACTORA: SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.359.491, domiciliada en el BARRIO..URAPALXII,XCalleXPrincipal,XdeXlaXlocalidadXdeXSanXVicente,MunicipioXMuñoz.del.Estado.Apure.………………………………………………………………………………………………………….
PARTE DEMANDADA: FRANK JUNIOR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.384.016, domiciliado en la Población..de..SanXVicente,XMunicipioXMuñozXdelXEstadoXApure. ………………………………………………………..
MOTIVO: CUMPLIMIENTO Y REVISION DE DE OBLIGACION DE MANUTENCION
Se inicio el Presente Procedimiento en fecha 05 de Octubre de 2010, se recibió diligencia con sus recaudos, en este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DEL ESTADO APURE, quedando anotado en el Libro de Entrada de causas bajo el numero 300-2010, donde la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, antes identificada solicita el cumplimiento de la obligación establecida en decisión de fecha 20 de Noviembre de 2008 y que la misma consistía en que el padre de su hijo ciudadano FRANK JUNIOR RODRIGUEZ, debía suministrarla en especie adeudando desde el mes de julio de 2009 y que se aumente la obligación de Manutención a la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (B.s.500.oo) que lo incluya en el seguro medico y cancele el CINCUENTA (50) POR CIENTO, de los gastos de medicina cuando el niño lo requiera a favor de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, habido con el accionado, según se evidencia en la Partida de Nacimiento Nro 4193, expedidas por el registro civil de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas del Estado Barinas inserta a los folios 01 al 07.
En fecha 07/010/2010, se admite la solicitud y se ordenó la citación de las partes para la contestación de la demanda y celebración del acto conciliatorio y se ordeno la Notificación del Fiscal Sexto del Ministerio Publico..
Riela en folios 13 al 14, consignación de boleta debidamente firmada, mediante el cual el alguacil de este despacho en fecha 20/10/2010, deja constancia de la citación practicada al ciudadano FRANK JUNIOR RODRIGUEZ. inserta a los folios 09 al 14
En fecha 25/10/2010, siendo la hora fijada para realizar el acto conciliatorio, se declara desierto dicho acto por ausencia de las partes. Inserto al folio 15
En fecha 25/10/2010, siendo las 3 y 30 pm hora limite para despachar y oportunidad fijada para la contestación de la demanda de cumplimiento y revisión de Obligación de Manutención, el Tribunal deja constancia que el Demandado no procedió a dar contestación ni por si ni por medio de apoderados por lo que se abre el lapso probatorio. Inserta al folio 16
En fecha 27/10/2010, la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, antes identificada, solicita que se fije un nuevo acto conciliatorio. Inserta al folio 17
En fecha 01 de Noviembre de 2010, comparecieron Voluntariamente los ciudadanos SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN y FRANK JUNIOR RODRIGUEZ, plenamente identificados, donde efectúan convenimiento, que riela al folio 18 por motivo de cumplimiento de obligación y Revisión de la misma donde...el..Ciudadano. FRANK JUNIOR RODRIGUEZ, ya..identificado se..comprometió..a:
…PRIMERO: Aportar la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (250,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx..
SEGUNDO: Aportar en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de..Útiles..Escolares..y..festividades..decembrinas es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (B.s.500.oo) en dichos mesese………………………………
TERCERO: Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Medicos, consultas y medicinas
CUARTO:..Propone que la obligación de Manutención se le descuente de la nomina y solicita que se oficie a la Zona Educativa del Estado Apure para que..efectué..las..retenciones..correspondientes.……………………………………………
Por su parte, la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, en su carácter..de..madre..se..comprometió..a:
PUNTO UNICO: Acepta el ofrecimiento hecho por el padre de sus hijos ciudadano FRANK JUNIOR RODRIGUEZ, antes identificado en los términos antes expuestos señalando que el padre de su hijo ya cumplió totalmente con lo adeudado por concepto de obligación de Manutención y que tenia atrasada desde el mes de Julio de 2009…………………………………………
…… En fecha 01 de Noviembre de 2010, oportunidad para dar contestación a la diligencia suscrita por la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN ya identificada donde solicita un nuevo acto conciliatorio y en vista de que en esta misma fecha comparecieron Voluntariamente, donde efectúan convenimiento, por motivo de cumplimiento de obligación y Revisión de la misma, no se acuerda lo solicitado, inserta al folio 20 ……………………………………………
…..Las partes se comprometen a darle fiel cumplimiento al presente convenimiento..y..solicitan..la.Homologación..del..acuerdo.…………………………………………………
DISPOSITIVA
Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por cuanto el referido convenimiento no es contrario al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, así mismo; dando cumplimiento a las disposiciones contempladas en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por Venezuela, específicamente los Artículos 19 del Pacto de San José de Costa Rica, y el Artículo 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como los Artículos 3 y 6 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aplicables de manera inmediata y directa por los Tribunales de la República, conforme lo dispone el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, admite y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por el ciudadano, FRANK JUNIOR RODRIGUEZ y la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, plenamente identificados, y a favor de su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera.
PRIMERO: Aportar a partir del mes de Noviembre de 2010, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (250,oo Bs.) mensuales por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
SEGUNDO: Aportar en el mes de Septiembre y Diciembre de cada año una cantidad adicional igual a la Obligación de Manutención para los gastos de útiles escolares y festividades decembrinas es decir la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (500,ooB.s.)en dichos meses.
TERCERO: Aportar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los Gastos Médicos, consultas y medicinas ccuando lo requiera.
CUARTO: El cumplimiento de la manutención se realizará a través de la retención de dichas cantidades del salario y de las bonificaciones de vacaciones y de fin de año dichas retenciones las deberá efectuar el patrono y depositarlos a una cuenta de ahorros que se ordena Aperturar en el Banco Bicentenario u otra Entidad Bancaria, a nombre de la ciudadana SOLANGELINA PAREDES ARANGUREN, plenamente identificada, madre del beneficiario
En cuanto al cumplimiento de la deuda por obligación de manutención Atrasada se evidencia en el convenimiento suscrito, en fecha 01 de Noviembre de 2010, por las partes que el demandado cumplió totalmente la obligación de manutención ASI SE DECLARA
Déjese copia certificada en el copiador de sentencia, de conformidad..con..el..artículo..248..del..Código..de..Procedimiento..Civil.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y al Fiscal del Ministerio Publico y líbrese oficio al Patrono a los fines de que efectué las retenciones correspondientes y en esta misma fecha se ordena librar los oficios conducentes.……………
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Bruzual, a los cuatro (4) días del mes de Noviembre del año dos mil Diez (2010). AÑOS: 200° Y 151°………………………………………………………...-::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
EL Juez.
AMBROSIO ENRIQUE VALDIVIESO RODRIGUEZ.
La secretaria.
GREMAIRIS COA
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
Conste.
La Secretaria.
GREMAIRIS COA
Expediente:300-10…………………………….. ................................................................................................
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