REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 18 de Octubre de 2010
200º y 151º
Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha, 13-10-2010, suscrita por los ciudadanos GIOVANNI SAEL HERNANDEZ y ROSA ISABEL LUGO, Venezolanos mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. 9.599.615 Y 9.877.876, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada CARMEN BRACA, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 122.861, quienes exponen: “Comparecemos ante este Tribunal a los fines de solicitar el Desistimiento de la presente causa, e igualmente solicitamos se nos expida las originales del Acta de Matrimonio y Partidas de Nacimientos, inserto en los folios 03, 04 y 05, dejándose en su lugar copias fotostáticas de las mismas. Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente procedimiento. E igualmente se acuerda: Devolver los Documentos Originales, inserto a los folios 03, 04 y 05, dejándose en su lugar copias fotostáticas evidentemente certificadas. Cúmplase.
Juez Prov.
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO
El Secretario,
Dr. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario,
Dr. FREDDYS MARTINEZ
EXP: N° JMS-213-10 MC/FM/Celenne