LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 27 de Octubre del año 2010
200° y 151°
Visto el CONVENIMIENTO anterior, suscrito en de fecha 29-7-10, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo de esta Circunscripción Judicial, en el cual el ciudadano abogado ARNOLDO JOSÉ ROJAS, en su carácter de parte demandante; por una parte y por la otra el ciudadano SIMÓN ANTONIO TORRES, parte demandada en el presente proceso, decidieron llegar a un acuerdo amistoso mediante el cual la parte demandada aceptó cancelar la totalidad de la deuda la cual alcanza la suma DOCE MIL BOLÍVARES (BS. 12.000), pagaderos de la siguiente forma: PRIMERO: CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 5.000), el día 29/07/2010, los cuales la parte demandante declaró recibir en dinero en efectivo y de curso legal; SEGUNDO: la suma de SIETE MIL BOLÍVARES (BS. 7.000), restantes que serán cancelados en dinero en efectivo ante el mencionado Tribunal Ejecutor de Medidas el día 12/08/2010, los cuales fueron cancelados en su totalidad en fecha 12/08/2010 y 18/10/2010. Y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los (27) días del mes de Octubre del año 2010.
La Juez.
Dra. ANAID HERNANDEZ.
El Secretario,
Abg. FRANCISCO REYES.-
Exp.15.314
AHZ/FR/A.A.F.T
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