REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE.


SOLICITUD: 2.010-408
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: FAMILIA
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DECUJUS FÉLIX ANTONIO RAMOS
SOLICITANTE: CARMEN ADELA GONZÁLEZ DE RAMOS,
asistida por el Abogado FELIPE GONZÁLEZ ÁVILA

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 28 de julio de 2010.

Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana CARMEN ADELA GONZÁLEZ DE RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 10.617.929, actuando en su nombre; así como en beneficio de sus hijos, ciudadanos MARÍA ISIDORA, LUÍS ENRIQUE, FÉLIX EDUARDO, DOUGLAS JOSÉ, CARLOS VICENTE, ELIS DELFIN, CÉSAR AUGUSTO, CARMEN AMADA, MARITZA JOSEFINA, EDGAR SIMÓN, ARMANDO JESÚS, RAFAEL DAVID, y CARMEN ORASEY RAMOS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. 13.640.495, 13.640.497, 13.640.496, 14.812.036, 15.047.285, 18.327.399, 26.408.732, 18.328.383, 18.328.420, 18.328.426, 18.328.419, 18.328.418 y 18.328.316 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio FELIPE GONZÁLEZ ÁVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.747, quien ha solicitado ante este Tribunal se le declare conjuntamente con sus hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus FÉLIX ANTONIO RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº 1.839.232, quien falleció AB-INTESTATO, en una casa de habitación ubicada en el sector Las Delicias, calle principal, casa N° 42, Parroquia El Recreo, en fecha cuatro (04) de diciembre de 2009, en esta ciudad de San Fernando de Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos DANNY JAVIER SUAREZ FIGUEREDO y LUÍS CARLOS BOGGIO TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 15.046.315 y 25.420.413, respectivamente, de este domicilio; quienes declararon que si conocen suficientemente a los solicitantes y que conocieron suficientemente al Decujus que motiva la presente solicitud, que saben y les consta que los mismos eran sus hijos de conformidad con la Ley, igualmente saben y les consta que son los únicos y universales herederos de quien en vida respondiera al nombre de FÉLIX ANTONIO RAMOS y que les consta que el mismo falleció en la Parroquia El Recreo, Municipio San Fernando del Estado Apure.


DISPOSITIVA:

Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento, y Acta de Defunción acompañadas y visto el cómputo practicado por secretaría, cursante al folio treinta y ocho (38), en el cual se evidencia que transcurrieron los tres (03) días de despacho sin que haya comparecido persona alguna que se crea con derecho o tenga interés con lo relacionado en la presente solicitud, sólo aparecen como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos CARMEN ADELA GONZÁLEZ DE RAMOS, MARÍA ISIDORA, LUÍS ENRIQUE, FÉLIX EDUARDO, DOUGLAS JOSÉ, CARLOS VICENTE, ELIS DELFIN, CÉSAR AUGUSTO, CARMEN AMADA, MARITZA JOSEFINA, EDGAR SIMÓN, ARMANDO JESÚS, RAFAEL DAVID, y CARMEN ORASEY RAMOS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. 10.617.929, 13.640.495, 13.640.497, 13.640.496, 14.812.036, 15.047.285, 18.327.399, 26.408.732, 18.328.383, 18.328.420, 18.328.426, 18.328.419, 18.328.418 y 18.328.316, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos, CARMEN ADELA GONZÁLEZ DE RAMOS, MARÍA ISIDORA, LUÍS ENRIQUE, FÉLIX EDUARDO, DOUGLAS JOSÉ, CARLOS VICENTE, ELIS DELFIN, CÉSAR AUGUSTO, CARMEN AMADA, MARITZA JOSEFINA, EDGAR SIMÓN, ARMANDO DE JESÚS, RAFAEL DAVID, y CARMEN ORASEY RAMOS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. 10.617.929, 13.640.495, 13.640.497, 13.640.496, 14.812.036, 15.047.285, 18.327.399, 26.408.732, 18.328.383, 18.328.420, 18.328.426, 18.328.419, 18.328.418 y 18.328.316; en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus FÉLIX ANTONIO RAMOS MARTÍNEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, primero (01) días del mes de octubre del año dos mil diez. Años 200º de la Independencia y 151º de la federación.-
La Jueza,
Abog. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTÍNEZ.
La Secretaria,
Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se devolvió las presentes actuaciones al solicitante constante de cuarenta y cuatro (44) folios útiles. En la misma fecha, siendo las 11:00 am., se publicó y registró esta Sentencia, quedando anotada en el punto Nº folio del Libro Diario.
La Secretaria,
Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.

EJSM/pmsd/Anangélica.-