REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 03 de Septiembre de 2010.-
200º y 151º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-13.137-10

IMPUTADOS: FUNCIONARIO DE LA POLICIA POR IDENTIFICAR

VICTIMA: RAFAEL ALFIRIO ADARMES

DELITO: ABUSO DE AUTORIDAD

PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el ABG. JHONNY JOSÉ MOHAMED MARCANO en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3º Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano FUNCIONARIO DE LA POLICIA POR IDENTIFICAR; este Tribunal, para decidir previamente observa: que la presente causa se encuentra prescrita. Corresponde entonces a la vindicta pública, por mandato constitucional, iniciar las respectivas investigaciones que logren determinar la comisión de algún hecho o acto ilícito, concluyendo el mismo, tal como lo plasma en su acto conclusivo:

“Vengo a denunciar que en el día de hoy aproximadamente a la 1:00 de la tarde me encontraba en la vía de Caramacate cerca de un taller cuando se presentaron unos funcionarios de la policía preguntándome si una pequeño paquete era mío (se trataba de droga) de inmediato le dije que no, en eso me lanzaron una patada en el abdomen y otros funcionario me agarro por el cuello, me despojaron de mis pertenencias y se quedan con ellos un celular de mi propiedad y me dicen que si quería el celular teníamos que encontrarnos en la bomba de Biruaca a la 5:00 de la tarde, vengo a que me resuelve el problema ya que estos funcionarios hicieron algo indebido y bajo amenazas. Es todo”.

Verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 3º y por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente desde la fecha 10-03-2003, han transcurrido SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTICAUTRO (24) DIAS tiempo este superior al exigido por el Art. 108 Ordinal 1º y 2° del Código Penal para que opere la prescripción ordinaria de la acción penal, en consecuencia el sobreseimiento de la causa. Lapso de tiempo donde constar acto alguno que pudiera haber interrumpido la prescripción, lo procedente sería declarar con lugar el pedimento presentado por la Vindicta Pública, y así se decide.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el Nº 1C-13.137-10, seguida en contra de FUNCIONARIO DE LA POLICIA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, en perjuicio de RAFAEL ALFIRIO ADARMES, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y el Art. 48 ordinal 8° ejusdem. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. EDWIN MANUEL BANCO
EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL RAMON CAMPO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL RAMON CAMPO



Causa N° 1C-13.137-10
EMB/ARC/el.-.-