REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 30 de Septiembre de 2010
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-13.503-10
IMPUTADO: WILLIAN ORTEGA
VICTIMA: ADALBERTO SUARES REYES
DELITO: AMENAZA
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 27-09-2.010, el Fiscal Quinto del Ministerio Público, Dr. NELSON ANTONIO REQUENA MARQUEZ, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-13.503-10, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F5-0347-08, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: WILLIAN ORTEGA, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 31-07-2008, mediante denuncia formulada ante la Sede del Comando de la Guardia Nacional de Mantecal, Estado Apure por el Ciudadano ADALBERTO SUARES REYES; donde dejo constancia de lo Siguiente “Una hija mía salio embarazada y yo cuando la vi en ese estado le dije que se fuera con el hombre que la embarazó, ella se fue a vivir con el ya tenían un año juntos y como el decía que no sabia cocinar la corrió de la casa y ella se fue para mi casa otra vez, después de dos meses estar en mi casa este muchacho la volvió a conquistar y se la volvió a llevar para su casa dos meses mas y la volvió a correr, ya tienen tres meses separados una noche que se encontraba borracho en un velorio este señor WILLIAN ORTEGA, me empezó a molestar que yo no lo quería y agarro un pico de botella y me dio con el pico de la botella en la quijada, y nos caímos a golpe, anoche le mando unos mensajes al celular de mi hija amenazándola de muerte a ella y a toda mi familia. Eso es todo. …”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Dr., NELSON ANTONIO REQUENA MARQUEZ, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos contra las personas, específicamente del delito de AMENAZA previsto y sancionado el Articulo 41, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia …” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Dos (02) Años, Un (01) Mes y Veintinueve (29) Días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-13.503-10, seguida en contra del imputado: WILLIAN ORTEGA, por la presunta comisión del delito: AMENAZA, en perjuicio de: ADALBERTO SUAREZ REYES conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL VILCHEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL VILCHEZ
Causa N° 1C-13.503-10
EMBL/AV/Rosa M.-