REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE1
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 28 de Septiembre de 2010
200º y 151º
NUEVO COMPUTO DE PENA
Causa: 1E-2143-10.
Juez : Abg. Yuli Bali Arvelo.
Fiscal: Séptimo del Ministerio Publico
Defensora Privada: Abg. Maria Enriqueta Silva Gallardo.
Delito: Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento.
Victima: El Estado Venezolano.
Penado: Dennys Ramón Montoya, Indocumentado.
Secretaria: Abg. Taibeth Castellano.
Por cuanto se constato que existe un error en el ultimo Computo de pena realizado al penado Dennys Ramón Montoya, Indocumentado, condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) Años y Ocho (08) Meses de Prisión, por la comisión de los delitos de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el articulo 31, Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y revisada como ha sido la presente causa, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el ultimo aparte del articulo 482 del Código Orgánico procesal Penal, se hace de la siguiente manera:
PRIMERO: Que el penado Dennys Ramón Montoya, Indocumentado, condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) Años y Ocho (08) Meses de Prisión, por la comisión de los delitos de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el articulo 31, Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
SEGUNDO: Se deriva de lo establecido en el articulo 31 articulo Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica, que la pena del delito excede de Seis (06) a Ocho (08) Años de Prisión en su limite máximo, lo cual colide con lo establecido en el articulo 60, numeral 4º, el cual establece los requisitos de la Suspensión Condicional de la Pena, en virtud de ello se procede a conmutar la pena del penado Dennys Ramón Montoya, Indocumentado, quien ha cumplido Seis (06) Meses y Tres (03) Días de prisión contados desde el 25-03-2010, al día de hoy 28-09-2010, faltándole por cumplir Cuatro (04) Años, Un (01) Mes y Veintisiete (27) Días, la cual vence el 25 de Noviembre de 2014. Le procede la Alternativa de Cumplimiento de Pena conocida como Destacamento de Trabajo cuando cumpla ¼ que seria el 25-05-2011. Le procede el Régimen Abierto cuando cumpla la 1/3 parte de la pena que seria el 15-10-2011. La Libertad Condicional le procede cuando cumpla la 2/3 parte de la pena que seria el 05-05-2013 y el Confinamiento le procede cuando cumpla la ¾ parte de la pena que seria el 25-09-2013.
TERCERO: Remitir copias certificadas del nuevo computo a la Dirección de Prisiones, División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Al Internado Judicial de esta ciudad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico y a su Defensor. Practíquese las demás diligencias correspondientes Líbrense Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.
ABG. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Causa N° 1E-2143-10
YBA/TC/ana