REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y L ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
GUASDUALITO.
Guasdualito, 27 de Abril de 2011.
PARTES: YUDITH BARRIENTOS ESPEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.V-25.893.393; Actuando en nombre y representación del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Asistido por el abogado CLEMENTE ALEXANDER TORREALBA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº20.099, parte demandante. La Representación Fiscal abogado LUISA DEL VALLE CHAMORRO PÉREZ.
MOTIVO: Extincion de Instancia.
SENTENCIA: Interlocutoria con fuerza definitiva .
ASUNTO: CP21-J-2010-000350.
En la oportunidad para realizar la Audiencia de Sustanciación , establecida en el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en el asunto de Colocación Familiar. Declarado abierto el acto y siendo las 10:30 am, se deja expresa constancia la no comparecencia de la parte demandante ciudadano YUDITH BARRIENTOS ESPEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.V-25.893.393; Actuando en nombre y representación del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Asistido por el abogado CLEMENTE ALEXANDER TORREALBA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº20.099. Presente la Representación Fiscal abogado LUISA DEL VALLE CHAMORRO PEREZ. Declarado abierto, y habiendo constatado la incomparecencia de la parte demandante ciudadana YUDITH BARRIENTOS ESPEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.V-25.893.393; Actuando en nombre y representación del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Asistido por el abogado CLEMENTE ALEXANDER TORREALBA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº20.099, en consecuencia el Tribunal insta a la Representación Fiscal a emitir opinión en el presente asunto, quien expuso: “Ciudadana Juez vista la incomparecencia de la parte demandante a la presente audiencia de sustanciación, solicito al Tribunal declare la extinción de la presente causa. Es todo”. En este estado el Tribunal vista la incomparecencia a la presente audiencia de la parte demandante, así como la parte demandada, declara Extinguido el presente asunto conforme a lo dispuesto en el articulo 477 Eiusdem, que expresa: “Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida acata que s e publicara el mismo día…” De lo expuesto esta juzgadora procede a declarar EXTINGUIDA la demanda de Acción Mero Declarativa de Unión estable de Hecho, incoada por la ciudadana YUDITH BARRIENTOS ESPEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.V-25.893.393; Actuando en nombre y representación del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Asistido por el abogado CLEMENTE ALEXANDER TORREALBA, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº20.099. En consecuencia se declaró terminada la audiencia de sustanciación en los términos y condiciones antes expresados. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA PARA EL ARCHIVO.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los 27 días del mes de abril del año dos mil once (2.011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
ABOG. ANNABELLA FRANCO M.
Juez de Mediación y Sustanciación.
ABOG. PAOLA PALACIOS.
Secretaria
AFM/pp.
CP21-J-2010-000350.
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