REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 26 de Abril de 2011
201º y 152º

ASUNTO: JMS-614-11


Vista la solicitud de Colocación en Entidad de Atención, Decretada por el Consejo Municipal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Estado Apure, actuando a favor del niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de once (11) años de edad.- Admítase cuanto ha lugar en Derecho por no ser contraria al orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, Fórmese Expediente, désele entrada y curso de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 Literal I, y 396 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el 895 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia y a los fines de providenciar sobre lo solicitado este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: Primero: Decreta con carácter Provisorio la Colocación en Entidad de Atención “Cristóbal Jimenez” al niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de once (11) años de edad hasta tanto sea reingresado a su familia de origen. Segundo: Notifíquese a la Fiscal Sexta del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el artículo 170 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Llíbrese lo conducente.- Cúmplase.

El Juez Prov.,


Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.
El Secretario Temp.,


Abg. HOMER LORETO

En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
El Secretario Temp.,


Abg. HOMER LORETO


Exp.: JMS-614-11. CJU/HL/miglays