REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del
Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 26 de Abril de 2011
201º y 152º

Visto el pedimento suscrito por el ciudadano EVENCIO JOSE BARRIOS COLINA, plenamente identificado en autos y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 06-04-2011, donde se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: EVENCIO JOSE BARRIOS COLINA y DORIS CAROLINA BELLO DE BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 10.617.067 y 14.218.649, se ordena su ejecución. En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. E igualmente se acuerda Cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar, y remítase el expediente al Archivo Judicial. Cúmplase.
El Juez Prov.,

Dr. CASTOR JOSE UVIEDO

El Secretario Temp.,

Abg. HOMER LORETO

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario Temp.,

Abg. HOMER LORETO


Exp. JMSS-1.484-10 CJU/HL/miglays.