REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL



San Fernando de Apure, 15 de Abril de 2011.-
200º y 151º


AUDIENCIA ESPECIAL
(Art. 45 C.O.P.P.)


CAUSA N° 1C-10.823-08
JUEZ : ABOG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
SECRETARIA: ABOG. NANCY LUGO DE MARTINEZ.
FISCALIA: QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
ABOG. ISMENIA MENDEZ (Encargada).
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.
IMPUTADO: JAVIER ALEJANDRO TORREALBA MUJICA.
DEFENSORA PUBLICA: ABOG. MEIRA KATIUSKA PINTO.
DELITO: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.

En el día de hoy, Quince (15) de Abril de 2011, siendo las 11:45 horas de la mañana, se constituyó este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al acto, solicita al secretario verificar la presencia de las partes, quien informa que se encuentran presentes: la representante del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, el imputado: JAVIER ALEJANDRO TORREALBA MUJICA; y la Defensora Pública ABOG. MEIRA KATIUSKA PINTO. Se da inicio al acto y el ciudadano Juez cede el derecho de palabra a la representante del Ministerio Público ABOG. ISMENIA MENDEZ, quien expuso: “El Ministerio Público una vez verificada la causa y pudo constatar que el imputado dio fiel cumplimiento a las condiciones impuestas en Audiencia Preliminar de fecha 26/06/2009, donde se acordó la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un (01) año, con presentaciones cada sesenta (60) días por ante el área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cuya copia de ficha de presentaciones riela al folio 106 de la causa; por lo que esta representación fiscal no se opone al cumplimiento de lo ordenado en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”. Acto seguido el ciudadano Juez cede el derecho de palabra a la Defensora Pública ABOG. MEIRA KATIUSKA PINTO, quien expuso: “La defensa al igual que el Ministerio Público, ha constatado el fiel cumplimiento las condiciones impuestas por el Tribunal en virtud de la Suspensión Condicional del Proceso que le fuera acordada en fecha 26/06/2009, tal como consta en copia de ficha de presentaciones del área de Alguacilazgo inserta al folio 106, el mismo dio estricto cumplimiento a las presentaciones; en consecuencia, solicito el Sobreseimiento de la causa y el cese de las medidas. Es todo”. Seguidamente el ciudadano Juez expone: “Oída la exposición de las partes y constatado como ha sido el cumplimiento de las condiciones impuestas por parte del imputado: JAVIER ALEJANDRO TORREALBA MUIJICA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.866.817, en decisión de fecha 26/06/2009, igualmente se pudo constatar según copias fotostáticas de la ficha de presentaciones ante el departamento de Alguacilazgo el fiel cumplimiento de las Presentaciones impuestas en la misma fecha cada sesenta (60) días; dándose así cumplimiento a lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, quien aquí decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: UNICO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al ciudadano: JAVIER ALEJANDRO TORREALBA MUIJICA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.866.817, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3ero en relación con el artículo 48 numeral 7mo, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese inmediato de las presentaciones. Y así se decide. Se reserva el lapso de ley para fundamentar la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 177 Ejusdem. Así se decide.- Quedan notificadas las partes presentes. Es todo termino se leyó y conforme firman.


JUEZ PRIMERO DE CONTROL,


DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.