REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE


SOLICITUD: 2.011- 105.-

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA

PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS: JOSE DE JESUS
JUAREZ GUTIERREZ.

SOLICITANTES: JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL
MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y
MARCO ANTONIO JUÁREZ FLORES,
debidamente asistidos por el Abogado JOSE
HIDALGO.

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 21 DE MARZO DE 2.011.-


Vista la anterior Solicitud, presentada por los ciudadanos JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y MARCO ANTONIO JUÁREZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.000.121, V- 15.999.184, V- 15.999.183, V- 18.326.949 y V- 16.529.871 respectivamente, asistidos por el Abogado JOSE HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 27.483, de este domicilio, quien han solicitado ante este Tribunal se les declaren, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: JOSE DE JESUS JUÁREZ GUTIERREZ, quien fue venezolano, de 48 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.156.849, fallecido Ab-Intestato, en el Hospital “Pablo Acosta Ortiz”, Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando Estado Apure, a las 1:30 p.m., del día 27 de Julio de 2.010.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos FREDDYS NAUL CASTILLO y JUAN CARLOS BRICEÑO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.000.425 y V- 17.200.268 respectivamente, ambos de este domicilio; quienes declararon: “Que si lo conocen de vista, trato y comunicación a todos ellos”; “Que si los conocieron al ciudadano José de Jesús Juárez Gutiérrez y que si les consta que falleció en el lugar fecha mencionada”; “Que si les consta que son los Únicos Y Universales Herederos del difunto”.-

D I S P O S I T I V A

Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, Acta de Defunción certificada, Actas de Matrimonio Certificada y Acta de Nacimiento Certificada, y las copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad, todos los anexos cursantes desde los folios 2 hasta 7 del presente expediente, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus: JOSE DE JESUS JUAREZ GUTIERREZ, suficientemente identificado, los ciudadanos: JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y MARCO ANTONIO JUÁREZ FLORES, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y MARCO ANTONIO JUÁREZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.000.121, V- 15.999.184, V- 15.999.183, V- 18.326.949 y V- 16.529.871 respectivamente, todos de este domicilio, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus JOSE DE JESUS JUÁREZ GUTIERREZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 02:30 p.m., del día Veintiocho (28) del mes de Abril de Dos Mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 153º de la federación.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.


La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: ( ) folios útiles.


La Secretaria,

Abg. PETRA M. SILVA DIAMOND.













EXP. N°. 2.011- 105.-
EJSM/pmsd/patiño.-