REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 04 de Abril de 2.011.

200° y 152°


EXPEDIENTE N°: 11- 4861

DEMANDANTE: NORKA ZARAI QUINTERO, asistida
por la Abogada ZULAIMA SEQUEDA.

DEMANDADO: HECTOR JOSE LAYA PEDROSA.

JUICIO: DIVORCIO 185-A

FECHA DE ENTRADA: 14-01-2.011.


Por recibida y vista la diligencia que antecede, estampada por la ciudadana NORKA ZARAI QUINTERO NUÑEZ, asistida por la Abogada ZULAIMA SEQUEDA, mediante la cual desiste del presente procedimiento y de la acción y solicita se le devuelva el documento original anexo al libelo; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con las disposiciones del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, se da por terminado el Juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente respectivo. Así mismo se ordena devolver el documento original anexo al libelo, previa certificación en autos. Y para la elaboración de dichas copias fue autorizado el ciudadano GERALD ALEXEI ALMEIDA ARIAS, Alguacil de este Tribunal y titular de la Cédula de Identidad N° 13.193.310, quien firmará conjuntamente con la Secretaria de este Despacho, la certificación de la copia, todo de conformidad con las disposiciones del artículo 111 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez,

Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.

En esta misma fecha se publicó, registró la anterior homologación, y quedó anotada en el punto N° , al folio ,del Libro Diario.

La Secretaria,

Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.





Db.