REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 07 de abril de 2011
200º y 152º
Acordada como fue en el acto de diferimiento de Juicio Oral y Publico la acumulación de la causa Nº 2M 559-11, a la causa Nº 2U 544-10; seguida contra el acusado JHONNY JOSE HERNANDEZ TORO, titular de la cédula de identidad Nº 17.607.547; por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, respectivamente; este Tribunal a los fines de decidir hace las siguientes observaciones:
En fecha 31-08-2010, se recibe en este Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, proveniente del Tribunal Primero de Control, causa Nº 1C 12479-09, seguida al ciudadano JHONNY JOSE HERNANDEZ TORO, titular de la cédula de identidad Nº 17.607.547, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, a la cual se le dio entrada bajo el numero 2M 544-10, fijándose el acto de sorteo de Escabinos a los fines de Constituir el Tribunal Mixto que ha de conocer la causa; no obstante, luego de varios diferimientos para la Constitución del Tribunal Mixto, y por ausencia de los escabinos convocados, este Tribunal a los efectos de aplicar la ultima disposición adjetiva penal, respecto de los Tribunales Mixtos, que entrare en vigencia en fecha 04 de septiembre de 2009, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5930, la cual modifico, entre otros artículos, el 164 del Código Orgánico Procesal Penal, acordó el juzgamiento del acusado de manera Unipersonal, conforme al tercer aparte del artículo 164 Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el Juicio Oral y Publico para el día 04 de abril de 2011, a las 10:00 a.m., el cual hasta la presente fecha no ha podido realizarse por ausencia de las partes.
El articulo el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal referente a la Unidad del Proceso, en el cual se señala lo siguiente: “Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código.
Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”
En fecha 21-01-2011, ingreso a este Tribunal la causa Nº 1C 12276-09, procedente del Tribunal Primero de Control, seguida contra el acusado JHONNY JOSE HERNANDEZ TORO, titular de la cédula de identidad Nº 17.607.547, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, a la cual se le dio entrada bajo el numero 2M 559-11, fijándose el Acto de Sorteo de Escabinos, notificándose a los Escabinos seleccionados para la Constitución del Tribunal Mixto que ha de juzgar al acusado de autos.
Ahora bien, quien acá se pronuncia, considerando que se trata de un mismo acusado y conforme a la unidad del proceso, establecida en el articulo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, lo indicado en el derecho es decretar la Acumulación de dichas causas y por la entidad de los delitos, se ordena proseguir con los actos procesales tendentes a constituir el Tribunal Mixto. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,

DRA. NATALY PIEDRAITA IUSWA.
LA SECRETARIA,

ABG. ATAMAYCA QUEVEDO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA,

ABG. ATAMAYCA QUEVEDO

Causa: 2U 544-10.
NPI/yd.-