REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 11 de Agosto del 2011
201º y 151º
ASUNTO: JMS-719-11

Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha 09-08-2.011, suscrita por la ciudadana YECCIS ROCIO FERNANDEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 17.202.679, debidamente asistida de abogado, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en el Juicio de Nulidad de Titulo Supletorio, tal como consta en el folio 44 de los autos. Este Tribunal Declara procedente el Desistimiento realizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Y ASI SE DECIDE.- Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo. Así mismo se, acuerda: Devolver los Documentos Originales, dejándose en su lugar copias fotostáticas evidentemente certificadas.- Cúmplase.- Regístrese la presente Decisión. Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo. Dada, firmada y sellada en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando, a los 11 días del mes de Agosto del año 2011.- Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
La Juez Prov.,

Dra. DULCE MEDINA.
El Secretario,

Abg. FREDDYS MARTINEZ

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-


El Secretario.,


Abg. FREDDYS MARTINEZ






Exp. N° JMS-719.10
DMU/sore