REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


E-

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 12 DE AGOSTO DE 2011
199º y 1500º


SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-14.382-11

VICTIMA: OSIRIS EDELINE LEON SANCHEZ
DELITO: HOMICIDIO CULPOSO
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 12-08-2011, el Fiscal quinta del Ministerio Público, Dr. LIGIA KARLERYS CASTILLO, Solicita se declare el Sobreseimiento de la Causa N° 1C-14.382-11 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F05-115-2011, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como VICTIMA: OSIRIS LEON, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento del imputado, no pudiendo atribuir responsabilidad alguna al mismo en los hechos investigados. Este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 15-03-2011 Donde aparece como victima: OSIRIS LEON SANCHEZ, por la presunta comision del delito de HOMICIDIO CULPOSO.-


Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Dr. LIGIA KARELYS CASTILLO, en su carácter de Fiscal quinta Encargado del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 4º. Ahora bien este Tribunal para decidir observa: por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: NUEVE (09) MESES, de la comisión del delito investigado y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.


DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-14.382-11, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico en perjuicio OSIRIS LEON SANCHEZ, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Notificándose lo conducente Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA





LA SECRETARIA


ABG. NANCY LUGO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


ABG. NANCY LUGO



Causa N° 1C-14.382-11
EMBL/NL/cg.-