REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD
MATERIA
SENTENCIA
SOLICITANTE
ABOGADO ASISTENTE Nº 11-157
TITULO SUPLETORIO
DEFINITIVA
ANA LUCILA GÓMEZ
KARIANA RODRIGUEZ
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ANA LUCILA GÓMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.160.534 asistida por la Abogada en ejercicio: Kariana Rodríguez, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 125.549, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: ANA LUCILA GOMEZ Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.160.534 domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, sobre una Bienhechurias Constituidas por: Una 801) casa de construcción de mampostería, paredes de bloques, Dos (02) habitaciones con baño interno y puertas metálicas, Una (01) Cocina Empotrada, Un (01) Comedor, Un (01) Corredor, Un (01) Lavandero Empotrado, Porche de Acerolit, Piso de Cemento, Techo de Acerolit, Seis (06) Ventanas Panorámicas con Rejas Metálicas, Cuatro (04) Puertas de Hierro, Un (01) pozo de aguas blancas de perforación, Un (01) pozo séptico, Un (01) tanque Aéreo con capacidad de 2.500 lts, cuenta con los servicios de Luz, cercado totalmente con alambre púa y estante de madera, perimetral con bloques y fachada principal con rejas metálicas. Dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal ubicado en la Zona Urbana Sector: Los Carrizales: Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, que le fuera otorgado según contrato de Arrendamiento expedido por la Oficina de la Sindicatura Municipal de esta localidad, el cual quedó signado bajo el N° 079, folios 076-077 de fecha: 21-06-2.011 con una superficie de QUINCE METROS DE FRENTE POR TREINTA METROS DE FONDO (15x30) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de la Sra. Rosa Santana; SUR: Casa del Sr. Luis Machado; ESTE: Carretera Nacional vía Apurito; OESTE: Casa de Yovannis Gómez. El valor de las Bienhechurias es de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000, oo) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: ANA LUCILA GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.160.534, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.011 bajo el Nº 11-157.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Cuatro (04) días del mes de Agosto del año dos mil Once (2.011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
En esta misma fecha, siendo las 11:15 a.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.
DR. WJPC/LCDA.FLPL-
SOLIC. Nº 11-157 (TÌT. SUPLT.)
04-08-11.-
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