REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 01 de Diciembre del 2011
201º y 151º
ASUNTO: JMS-799-11
Visto el contenido del acta de la Fase de Mediación que antecede de fecha 25-11-2011, compareciendo la parte demandada ciudadano ÁZAEL ELIASIB CORRALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 13.470.461, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en el Juicio de Demanda de Custodia, tal como consta en el folio 18 de los autos, se dejó constancia que no compareció la parte demandada. Este Tribunal Declara procedente el Desistimiento realizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Y ASI SE DECIDE.- Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo. Cúmplase.- Regístrese la presente Decisión. Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo. Dada, firmada y sellada en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando, a los 01 día del mes de Diciembre del año 2011.- Año 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Juez Prov.,
Dra. DULCE MEDINA.
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-
El Secretario.,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
EXP JMS-799-11-DM/FM/Ioneska