REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 21 de Diciembre de 2011.-

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-6703-05
IMPUTADO: WILMER JOSÉ HERNANDEZ SILVA
VICTIMA: ELIMAR ESTEFANI BLANCO VIAMONTE
DELITO: ABUSO SEXUAL ADOLESCENTES
PROCEDENCIA: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la ABG. MILANYELA IMELDE HERNÁNDEZ FARFAN y LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO, en su carácter de Fiscal OCTAVAS del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3º Código Orgánico Procesal Penal, solicita se DECRETE EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a: WILMER JOSÉ HERNANDEZ SILVA; este Tribunal, para decidir previamente observa: Se da inicio a la presente investigación en fecha 14 de abril de 2005, en virtud del Acta de Investigación Penal suscrita por el funcionario Agente MANUEL MEJIAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub delegación Estado Apure, en la que entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “… Encontrándome en la sede de este despacho en labores de guardia, siendo las 11:20 horas de la mañana, se presento la adolescente ELIMAR BLANCO ESTEFANI… de 14 años de edad… titular de la cedula de identidad Nº V – 20.611.537, en compañía de su representante la ciudadana Esmirna de R. Viamonte… titular de la cedula de identidad Nº V – 12.232.005, quien manifestó que hace unos minutos se encontraba en la residencia de su tía y su esposo de nombre WILMER, se saco su miembro y se empezó a masturbar frente a ella, visto lo antes expuesto me traslade en compañía del Funcionario Agente GIL FERBUS, en una unidad P-30337, portando el móvil 6473, hacia la siguiente dirección Calle Diana, casa 10, de esta ciudad, con la finalidad de ubicar al sujeto mencionado como WILMER, una vez en el lugar luego de identificarnos como funcionarios activos de este cuerpo policial e imponerle del motivo de nuestra presencia sostuvimos una entrevista con el ciudadano: HERMNANDEZ SILVA WILMER JOSÉ … de 33 años de edad… titular de la cedula de identidad V – 11.758.496, quien le informamos que nos acompañara a la sede de este despacho…”
Ahora bien, del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRE, específicamente el Delito de ABUSO SEXUAL ADOLESCENTES; previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 en su encabezamiento ambos de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente, vigente para la fecha de la interposición de la denuncia.
Siendo lo procedente y ajustado a derecho solicitar el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el tiempo esta suficiente cumplido de acuerdo al día de los hechos fecha 14 de Abril del 2005 hasta el 21 de Diciembre de 2011, han transcurrido seis (06) años, ocho (08) meses y siete (07) días, tiempo suficiente cubierto para que opere dicha prescripción.
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, en base a lo dispuesto en el Ordinal 2° del Artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo pautado en el Ordinal 10° del Artículo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y con lo previsto en el ordinal 10° del Artículo 34 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo pautado en el Ordinal 3° del Artículo 318 Ejusdem, esta Representación del Ministerio Público considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso es SOLICITAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano: WILMER JOSÉ HERNANDEZ SILVA, plenamente identificados en autos, ya que opera dicha prescripción ordinaria de la causa penal llevada en su contra.
DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de: WILMER JOSÉ HERNANDEZ SILVA, por la presunta comisión del delito ABUSO SEXUAL ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 en su encabezamiento ambos de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente, vigente para la fecha de la interposición de la denuncia todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de la ciudadana: ELIMAR ESTEFANI BLANCO VIAMONTE, que invocara la ciudadana Fiscal Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA

LA SECRETARIA,

ABG. DEISY CASTILLO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado………

LA SECRETARIA,

ABG. DEISY CASTILLO

Causa N° 1C-6703-05 (04-F08-0232-05)
EMBL/DC/cb.-