REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


San Fernando de Apure, 08 de Diciembre de 2011.-
201º y 152º

AUDIENCIA ESPECIAL
(Art. 45 C.O.P.P.)
CAUSA N° 1C-11.003-08
JUEZ : ABOG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
FISCALIA: PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
ABOG. AMELIA CASTILLO.
DEFENSA PUBLICA: ABOG. JACKSON CHOMPRE.
VÍCTIMA : ELSIA JOSEFINA ORTEGA PEREZ.
SECRETARIA: ABOG. DEYSY CASTILLO.
DELITO: VIOLENCIA FISICA.
IMPUTADO: JOSE ALBERTO LAYA FONSECA.

En el día de hoy, Ocho (08) de Diciembre de 2011, siendo las 11:20 horas de la mañana, se constituyó este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ESPECIAL de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al acto, solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes, quien informa que se encuentran presentes: la representante del Ministerio Público ABOG. AMELIA CASTILLO, el Defensor Público ABOG. JACKSON CHOMPRE y el imputado: JOSE ALBERTO LAYA FONSECA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-14.343.853. Se da inicio al acto y el ciudadano Juez cede el derecho de palabra a la representante del Ministerio Público ABOG. AMELIA CASTILLO, quien expuso: “El Ministerio Público una vez verificada la causa, pudo constatar que los imputados dieron fiel cumplimiento a las presentaciones mensuales que le fueran impuestas ante este Tribunal y a las condiciones que les fueran impuestas en audiencia de preliminar de fecha 13-10-2010, por el termino de un año, razón por la cual no se opone al cumplimiento de lo ordenado en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”. Acto seguido el ciudadano Juez cede el derecho de palabra al Defensor Público ABOG. JACKSON CHOMPRE, quien expuso: “La defensa al igual que el Ministerio Público, ha constatado el fiel cumplimiento de las presentaciones impuestas, solicito el Sobreseimiento de la causa y el cese de las medidas. Es todo”. Seguidamente el ciudadano Juez expone: “Oída la exposición de las partes y constatado como ha sido el cumplimiento por parte del imputado: JOSE ALBERTO LAYA FONSECA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-14.343.853, a quien en decisión de fecha 13/10/2010, se acordó la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y el cese de las presentaciones; en consecuencia, quien aquí decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: UNICO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3ero en relación con el artículo 48 numeral 7mo, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese inmediato de las presentaciones. Y así se decide. Se reserva el lapso de ley para fundamentar la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 177 Ejusdem. Así se decide.- Quedan notificadas las partes presentes. Es todo termino se leyó y conforme firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL,


DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.