REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia
Circuito Judicial Penal del Estado Apure
Tribunal Primero de Ejecución de Penas
y Medidas de Seguridad
San Fernando de Apure, 06 de Diciembre de 2.011.
201º y 152º
Vista la sentencia dictada en Juicio Oral y público por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal en la cual declaran la culpabilidad de el Ciudadano WILMER ARLEY ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 26.408.809, así como la devolución del vehículo incautado en el presente procedimiento, y vista la solicitud interpuesta por la Ciudadana Defensora Pública, ABOG. MARIA ELENA DELGADO, en representación del penado WILMER ARLEY ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 26.408.809, quien es propietario del vehículo de las siguientes características: MARCA: Daihatsus. MODELO: Terio Cool, CLASE: Automóvil, TIPO: Spor-Wagon. SERIAL DE CARROCERÍA: 8XAJ122G39507368; SERIAL DE MOTOR: 4 cil; COLOR: Rojo; AÑO: 2003; PLACA: GCB-20C; este Tribunal a los fines de decidir previamente observa:
UNICO: Vista la referida sentencia en la cual se ordena la ENTREGA, de el vehículo de las características precedentemente descritas, los cuales fueron retenidos en el presente procedimiento, y dentro de los cuales se encuentra el que hoy se solicita, es por lo que este Tribunal acuerda en consecuencia la entrega al ciudadano WILMER ARLEY ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 26.408.809, del vehículo de las siguientes características: MARCA: Daihatsus. MODELO: Terio Cool, CLASE: Automóvil, TIPO: Spor-Wagon. SERIAL DE CARROCERÍA: 8XAJ122G39507368; SERIAL DE MOTOR: 4 cil; COLOR: Rojo; AÑO: 2003; PLACA: GCB-20C; lo cual fue decretado por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito en su sentencia definitiva, considerando este Tribunal al haber probado a este despacho la propiedad que alega el solicitante, consignando para tales efectos documentos originales que comprueban el carácter de propietario legal del vehículo solicitado, ordenándose a tales efectos librar Oficio al Propietario del Estacionamiento el Múltiple, ubicado en Biruaquita. Estado Apure, a los fines que haga la correspondiente entrega al propietario del vehiculo antes descrito. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda:
UNICO: LA ENTREGA, del vehículo de las siguientes características: MARCA: Daihatsus. MODELO: Terio Cool, CLASE: Automóvil, TIPO: Spor-Wagon. SERIAL DE CARROCERÍA: 8XAJ122G39507368; SERIAL DE MOTOR: 4 cil; COLOR: Rojo; AÑO: 2003; PLACA: GCB-20C; al ciudadano WILMER ARLEY ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 26.408.809, ordenándose a tales efectos librar Oficio al Propietario del Estacionamiento el Múltiple, ubicado en Biruaquita. Estado Apure, a los fines que haga la correspondiente entrega al propietario del vehículo antes descrito.-
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABOG. YUNYS MANUEL MENDEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. KATIANA LUSINCHI.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. KATIANA LUSINCHI.
EXP No. 1E-2361-11
YMMB/KL.-