REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE




SOLICITUD: 2.011- 447.-

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: FAMILIA

PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DEL DECUJUS: ARMANDO
GERMAN FAJARDO GARCIA.

SOLICITANTE: CARMEN RAMONA FAJARDO SALINAS,
debidamente asistida por el Abogado LUIS
EDUARDO LIMA.

FECHA DE ENTRADA
DEL EXPEDIENTE: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2.011.




Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana CARMEN RAMONA FAJARDO SALINAS, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.511.545, asistida por el Abogado LUIS EDUARDO LIMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.162 de este domicilio, quien ha solicitado ante este Tribunal se declare conjuntamente con los ciudadanos: VANESSA ELIZABETH FAJARDO SALINAS, SANDRA ROSMARY FAJARDO SALINAS, ROSA MARIA FAJARDO SALINAS y GABRIEL ALEJANDRO FAJARDO SALINAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 19.918.614, V- 16.977.642, V- 12.903.875 y V- 19.918.633 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus: ARMANDO GERMAN FAJARDO GARCIA, quien fue venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.770.418, fallecido Ab-Intestato a la edad de 56 años, el día 7 de Enero de 2.009, a las 12:00 p.m, en el Policlínico José Maria Vargas, de esta ciudad de San Fernando de Apure Estado Apure.- Oídas las declaraciones de los ciudadanos MARIAN ISABEL RICO OSTO y YUNITZA YATZANDRY COLLINS DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 19.471.484 y V- 13.254.321 respectivamente, ambos de este domicilio; quienes declararon: “Si la conozco de vista trato y comunicación desde hace mucho tiempo”; “Si conocieron al difunto”; “Que si saben y les consta que el difunto falleció en el lugar y fecha”; “Que si les consta que son los Únicos y Universales Herederos del Difunto”.-



D I S P O S I T I V A

Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con copia del Acta de Defunción certificada, copias de las Actas de Nacimientos y las copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad, todos los anexos cursantes desde los folios 4 hasta 10 del presente expediente, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus: ARMANDO GERMAN FAJARDO GARCIA, suficientemente identificados, los ciudadanos CARMEN RAMONA FAJARDO SALINAS, VANESSA ELIZABETH FAJARDO SALINAS, SANDRA ROSMARY FAJARDO SALINAS, ROSA MARIA FAJARDO SALINAS y GABRIEL ALEJANDRO FAJARDO SALINAS cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos CARMEN RAMONA FAJARDO SALINAS, VANESSA ELIZABETH FAJARDO SALINAS, SANDRA ROSMARY FAJARDO SALINAS, ROSA MARIA FAJARDO SALINAS y GABRIEL ALEJANDRO FAJARDO SALINAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.511.545, V- 19.918.614, V- 16.977.642, V- 12.903.875 y V- 19.918.633 respectivamente, todos de este domicilio, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus ARMANDO GERMAN FAJARDO GARCIA, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 3:00 p.m., del día Doce (12) del mes de Diciembre de Dos Mil Once (2.011). Años 201º de la Independencia y 152º de la federación.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.


La Secretaria Temp.,

ANANGÉLICA M. TAPIA PARRA.


En esta misma fecha y hora se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario, y se devuelven al interesado constante de: Veintiuno (21) folios útiles.

La Secretaria Temp.,

ANANGÉLICA M. TAPIA PARRA





EXP. N°. 2.011- 447.-
EJSM/amtp/patiño.-