REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 10 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO: JMSS-1028-10
Admítase cuanto ha lugar en Derecho la solicitud de homologación de acuerdo conciliatorio planteado por ante la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial del Apure, previamente se OBSERVA:
En el folio tres (03), cursa acta mediante la cual los ciudadanos; CARLOS JAVIER DIAZ y ELISAMAR DEL VALLE RAMOS NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.527.405 y V- 19.250.413, padres de la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (8) meses de edad respectivamente, quienes acordaron lo siguiente en cuanto a la Obligación de Manutención. Primero: El ciudadano CARLOS JAVIER DIAZ, se compromete a aportar la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) mensuales a partir del 31/01/2011, a favor de la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a quien reconoce como a su hija biológica. Segundo: Asimismo se establece un Bonificación especial de Fin de Año la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,oo), los días 15 de Diciembre de cada año. Tercero: En lo referentes a las medicinas, vestido, recreación o cualquier otro gasto extraordinario que requiera la niña, estos serán compartidos por ambos padres en un 50% cada uno. Las cantidades acordadas serán depositadas por el padre en la cuenta ahorros que ordene aperturar el Tribunal la cual será destinada a tal efecto. Cuarto: Ambos manifiestan conformidad con lo planteado y en señal de ello se firma la presente acta. Se Homologue el presente convenimiento en los términos establecidos. .... Se homologó en los términos expuestos por las partes.
Por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que esta, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en consecuencia, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos de conformidad con el artículos 315, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, Y ASI SE DECIDE, este Tribunal acuerda en esta misma fecha librar oficios a las Autoridades Civiles Competentes para que procedan a Estampar Nota Marginal de Reconocimiento en la partida de Nacimiento Nº ciento diecisiete (117), suscrita ante el Registro Civil de Nacimiento del Hospital II Dr. Francisco Antonio Risquez, Municipio Achaguas, Estado Apure, en fecha 02/09/2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 217, 218 y 506 del Código Civil Venezolano. Igualmente este Tribunal acuerda Autorizar a la ciudadana MILAGROS ERLIMAR RAMOS NIEVES, se sirva Aperturar cuenta de ahorros en el Banco BICENTENARIO, a fin de sufragar la Obligación de Manutención, a favor de la referida niña. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.
Regístrese la presente Decisión.-
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los (10) días del mes de Enero del año 2011. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
El Secretario,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
Exp.: JMSS-1028-10. CJU/FAM/miglays.
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