REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 11 de Enero de 2011
200º y 151º


SOBRESEIMIENTO



CAUSA:
1C-13.754-10
IMPUTADO: CARLOS NORBERTO SOLORZANO

VICTIMA:
EL ESTADO VENEZOLANO

DELITO:
APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL DELITO
PROCEDENCIA:
FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO



Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la Abg. IESMARI GIANEP MIRABAL GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Quinta (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual como Acto Conclusivo de Investigación, solicita de declare EL SOBRESEIMIENTO de la causa N° 1C-13.754-10 nomenclatura de este Tribunal y 04-F5-0309-10 de esa Fiscalía; seguida al ciudadano: CARLOS NORBERTO SOLORZANO, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad, Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: La presente averiguación se inicia en fecha 09 de Septiembre del año 2010, con ocasión al Acta Policial, suscrita por los Funcionarios SM/3 VASQUEZ CARLOS RAMON, S/1 VERA LOPEZ JAVIER y S/2 SUBERO QUIJADA LUIGGIS, adscritos todos a la Guardia Nacional de Mantecal donde se suscribió lo siguiente: En el día de hoy 08 de Septiembre fuimos designados por el Ciudadano CAP JOSE GREGORIO VILORIA ARCAYA, Comandante de la Segunda Compañía del Destafront Nº 63 del Comando Regional Nº 6 de la Guardia Nacional Bolivariana, para instalar puntos de control móvil en la carretera nacional que conduce a Bruzual, Estado Apure específicamente en el sector del Matal Mantecal Estado Apure donde procedimos a revisar e identificar los diferentes vehículos y sus ocupantes que circulan diariamente por la carretera nacional, siendo aproximadamente las 03:30 horas de la tarde se procedió a realizar una revision minuciosa de un vehiculo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MODELO: CAMRY 2.2, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR, PLACAS: NAJ98U, COLOR: GRIS, AÑO: 1998, SERIAL DE CARROCERIA: JT153SV2000205144, SERIAL DE MOTOR: 550744468, el cual era conducido por el señor CARLOS NORBERTO SOLORZANO MORAN, titular de la Cedula de Identidad 16.976.141, de 25 años de edad, de estado civil soltero, reservista letrado, de ocupación u oficio empleado de la Alcaldía de San Fernando… a quien después de identificarnos como efectivos de la Guardia Nacional procedimos a solicitarle la documentación del referido vehiculo presentando un documento en original de una autorización de donde el Ciudadano: JONNI MOISES AREVALO SALAZAR, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.237.086, autoriza al Ciudadano: CARLOS NORBERTO MORAN SOLORZANO, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.976.141 a conducir el vehiculo antes mencionado… Tribunal Segundo de control, de fecha 07-042006, de haber realizado Audiencia Especial Nº 311, mediante Causa Penal Nº 2C-74036-06 emitida por la juez ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ, donde le hace entrega en calidad de deposito al Ciudadano: JONNI MOISES AREVALO SALAZAR, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.237.086, una copia fotostática del Juzgado Primero en Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción de fecha 30-07-2001, del estacionamiento “Concordia” SLR, de guardia y custodia de vehículos del CICPC, una copia fotostática… infringiendo en desacato judicial emitido por el Circuito Judicial Penal del estado Apure… “Que a criterio de la Fiscalia, no reviste carácter penal no es típico, el mismo no estaba tipificado como delito, por lo tanto no encuadra en ningún ilícito penal, por lo cual podemos inferir sin lugar a dudas que el mismo constituye un hecho atípico. Razón esta entonces por la que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure ACUERDA: por considerarlo ajustado a derecho, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y en vista del principio de celeridad procesal no ve la necesidad de convocar al debate previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, para comprobar los motivos de la solicitud, ello conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser típico el hecho investigado. Y ASI SE DECIDE.

DECISION


Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA ÚNICO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ABG. IESMARI GIANEP MIRABAL GONZALEZ, en el carácter de Fiscal Auxiliar Quinta (E) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° 1C-13.754-10, seguida en contra de: CARLOS NORBERTO SOLORZANO porque el hecho imputado no es típico todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA


LA SECRETARIA,


ABG. NANCY LUGO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado…………………

LA SECRETARIA,


ABG. NANCY LUGO









Causa N° 1C-13.754-10
EMBL/NL/Rosa M