REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE



TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES


San Fernando de Apure, 15 de Enero de 2011.-
200º y 151º


AUDIENCIA ESPECIAL POR CAPTURA


Asunto Penal N° 1CA-1.792-11
Jueza: DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS
Procedencia: FISCALÍA OCTAVA, ABOG. MILANYELA HERNANDEZ
Defensora Pública: ABOG. JOHAN GARCIA
Delito: NO INDICA
Secretario: ABOG. YUNYS MANUEL MENDEZ.
Imputado: IDENTIDAD OMITIDA.

En el día de hoy, Quince (15 de Enero de dos mil Once (2011), siendo las 10:00 horas de la mañana hora fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA ESPECIAL POR CAPTURA, ante la Jueza de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS, y estando las partes debidamente convocadas por la vía mas expedita atendiendo a la naturaleza del acto que nos ocupa, se constituyó este Tribunal de Control, con el Secretario Abog. Yunys Manuel Méndez, y acto seguido la ciudadana Jueza procedió a solicitar al ciudadano Secretario, verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la asistencia de la ciudadana Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Apure Especializada en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, ABOG. MILANYELA HERNANDEZ, previo traslado desde la Comandancia de Policía de esta ciudad, el adolescente IDENTIDA OMITIDA , así como el Defensor Público ABOG. JOHAN GARCIA. Acto Seguido, el Tribunal le hace del conocimiento al adolescente imputado acerca de de la audiencia que se esta realizando en el día de hoy, advirtiéndole que cualquier circunstancia o palabra que no comprendiera podía solicitar al Tribunal que le explicara, de igual forma se le hizo del conocimiento al imputado, sobre los hechos que motivan la presente es en ocasión a una orden de captura librada por el Tribunal de Juicio Sección de Adolescentes del Estado Táchira, según oficio 1506 de fecha 22-06-2007; en consecuencia, este Tribunal a cargo de la Juez DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS, le manifiesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, si desea declarar, el cual manifestó que NO. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra al representante del Ministerio Público ABOG. MILANYELA HERNANDEZ, quien no hizo el uso del mismo. Igualmente se le concedió el derecho de palabra al Defensor Público ABOG. JOHAN GARCIA, manifestando la misma no hacerlo. Acto seguido la Jueza manifestó revisada como han las actas y la misma se desprende que es orden de captura librada al imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDAD, por ante el Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. En tal sentido ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL una vez revisadas las actuaciones seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. Se observa que el mismo se encuentra SOLICITADO, según oficio Nº 1506, de fecha 22-06-2007, por ante el Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Acuerda remitir las actuaciones conjuntamente con el Imputado. Y así se decide.

D I S P O S I T I V A

POR LOS RAZONAMIENTOS DE HECHOS Y DERECHOS SEÑALADOS ANTERIORMENTE, ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a las razones de hecho y de derecho antes señalados Declara: UNICO: Remitir las actuaciones con el Imputado IDENTIDAD OMITIDA , por cuanto el mismo se encuentra SOLICITADO, según oficio Nº 1506, de fecha 22-06-2007, por ante el Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Ofíciese. Cúmplase y líbrese lo conducente.- siendo las 10:15 AM se dio por concluido el acto. Es Todo termino se le leyó y conforme firman.
LA JUEZA DE CONTROL ADOLESCENTE;

DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS