REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 01 de Febrero de 2.011
200º y 151º
Vista el acta que antecede de fecha 26 de Enero de 2.011 inserta en el folio 63, suscrita por la Adolescente (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), titular de la cédula de identidad N° 25.836.170, debidamente acompañada por la ciudadana DALIA ELOISA MUJICA PEREZ, respectivamente, quien expone: “ Informo a este Tribunal que deseo irme de mi casa que nos dejó mi madre a mi hermana y a mí; por cuanto mi Padrastro ciudadano DANILO EDUARDO ALFONZO me agrede tanto física como psicológicamente lo que solicito es irme a vivir con mi Abuela Materna ciudadana DALIA ELOISA MUJICA PEREZ, presente en este acto la referida ciudadana quien acepta la custodia de la referida Adolescente”. Los comparecientes solicitan la Homologación del presente acuerdo… se homologó en los términos expuestos por las partes.
Por cuanto de la revisión del convenio realizado se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y, que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en consecuencia, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos, de conformidad con el artículo 358 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.- ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.-
Regístrese la presente Decisión. Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando, a los 01 días del mes de Febrero del año 2.011.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. - Cúmplase.-
El Juez Provisorio.
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.
El Secretario.
Dr. FREDDYS MARTINEZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia.
El Secretario
Dr. FREDDYS MARTINEZ
CJU/FM/Mayrene.-
Exp. N°: JMS-67-19.921-10
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